# Régimen económico. Bases subvenciones

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-08-26
- **Organismo:** Morata de Tajuña
- **Identificador oficial:** BOCM-20260826-36
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-08-26/regimen-economico-bases-subvenciones-5RPLQK
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/08/26/BOCM-20260826-36.PDF

## Contenido

BOCM B.O.C.M. Núm. 203 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID MIÉRCOLES 26 DE AGOSTO DE 2026 Pág. 159 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 36 MORATA DE TAJUÑA RÉGIMEN ECONÓMICO BOCM-20260826-36 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Pleno del Ayuntamiento de Morata de Tajuña, celebrado el 30 de julio de 2026, aprobó la modificación del artículo 5 de las Bases Reguladoras Generales para la concesión de Premios del Ayuntamiento de Morata de Tajuña (aprobadas por el Pleno del 25/6/2026), que quedaría redactado del siguiente modo: Artículo 5. Beneficiarios y obligaciones de los mismos: Podrán participar las personas físicas o jurídicas, así como las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos o se encuentren en la situación que motiva la concesión de la subvención. La participación en las convocatorias implica la aceptación íntegra y el cumplimiento de las presentes Bases Reguladoras y de la convocatoria específica correspondiente. En cumplimiento con el artículo 24 de la ordenanza municipal reguladora de la concesión de subvenciones municipales (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, 12/2/2021), en atención a la naturaleza de la subvención, para optar al premio no se exigirá acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 de la LGS. Las Bases Reguladoras modificadas estarán a disposición de los interesados en el Ayuntamiento de Morata de Tajuña (Plaza Mayor, número 1), y podrán consultarse en el tablón de anuncios y el Portal de Transparencia. Morata de Tajuña, a 18 de agosto de 2026.—El alcalde en funciones, Raúl García Carretero. (03/13.548/26) http://www.bocm.es BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID D. L.: M. 19.462-1983 ISSN 1989-4791

## Fuente

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Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/08/26/BOCM-20260826-36.PDF
