# Convenio – Adenda de 13 de julio de 2026, modificativa del convenio entre Gestión y Desarrollo del Medio Ambiente de Madrid, S. A., y la Mancomunidad del Sur, para la gestión de los residuos urbanos, suscrito el 13 de marzo de 2013

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-08-29
- **Organismo:** D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR
- **Identificador oficial:** BOCM-20260829-12
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-08-29/convenio-adenda-13-julio-2026-modificativa-convenio-gestion-desarrollo-medio-ambiente-madrid-s-a-mancomunidad-sur-GDa38M
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/08/29/BOCM-20260829-12.PDF

## Contenido

BOCM Pág. 158 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID SÁBADO 29 DE AGOSTO DE 2026 B.O.C.M. Núm. 206 I. COMUNIDAD DE MADRID D) Anuncios Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior 12 ADENDA de 13 de julio de 2026, modificativa del convenio entre Gestión y Desarrollo del Medio Ambiente de Madrid, S. A., y la Mancomunidad del Sur, para la gestión de los residuos urbanos, suscrito el 13 de marzo de 2013. REUNIDOS De una parte, la Comunidad de Madrid representada por D. Manuel Miguel Beceiro Garat, Secretario General Técnico de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, en virtud del Decreto 55/2025, de 9 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se dispone su nombramiento (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 163, de 10 de julio), actuando conforme a las atribuciones que le confiere la Orden 984/2024, de 15 de marzo, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y la firma de convenios, se desconcentra el protectorado de fundaciones y se designa con carácter permanente a los miembros de las mesas de contratación de la Consejería. Y, de otra parte, la Mancomunidad del Sur, representada por D. Asensio Martínez Agraz, en su condición de Presidente de la Mancomunidad, de conformidad con el artículo 14.k) de los Estatutos de la Mancomunidad del Sur (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 135, de 9 de junio de 2011). Las partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria para suscribir la presente adenda y, a tal efecto, EXPONEN Primero Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 18 de octubre de 2007, se aprobó la Estrategia de Residuos de la Comunidad de Madrid para el periodo 2006-2016, que incluía, entre sus objetivos, la implantación de un nuevo modelo de gestión de los residuos domésticos basado en la constitución de mancomunidades de municipios, que pasarían a asumir las competencias en esta materia. Segundo En cumplimiento de las previsiones de la citada estrategia, el 24 de abril de 2012, se constituyó la Mancomunidad del Sur, formada por treinta municipios, cuyo objeto es la prestación del servicio de gestión de los residuos, y, en especial, el tratamiento, valorización energética y eliminación de los residuos sólidos urbanos generados en los términos municipales de los municipios que integran la Mancomunidad. Con el fin de dotar a la Mancomunidad del Sur de los recursos e infraestructuras necesarias para garantizar la continuidad en la prestación de este servicio público, la Comunidad de Madrid cedió a esta las instalaciones que venía explotando hasta entonces mediante dos instrumentos jurídicos: una Orden de concesión administrativa y un convenio. Mediante la Orden 3770/2012, de 13 de diciembre, del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, se otorgó a la mancomunidad la concesión administrativa para la utilización y aprovechamiento de los bienes de dominio público adscritos a la consejería afectados a la prestación de servicios de gestión de residuos domésticos, tales como vertederos y estaciones de transferencia de residuos urbanos. Por el convenio suscrito entre Gestión y Desarrollo del Medio Ambiente de Madrid, S. A. (en adelante GEDESMA) y la Mancomunidad del Sur el 13 de marzo de 2013, objeto de esta Adenda, GEDESMA cedió a la mancomunidad determinadas plantas de tratamiento de residuos construidas y gestionadas hasta entonces por esta empresa pública de la Comuni- BOCM-20260829-12 Tercero

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/08/29/BOCM-20260829-12.PDF
