# Convenio – Convenio de 27 de julio de 2026, entre el Servicio Madrileño de Salud y la Asociación Madrileña para la Lucha Contra las Enfermedades del Riñón “ALCER-MADRID”, mediante el que se instrumenta una subvención nominativa, por importe de 216.108 euros, para la coordinación de las necesidades de transporte sanitario terrestre no urgente de pacientes en hemodiálisis a cargo del sistema sanitario de la Comunidad de Madrid para el año 2026

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-08-29
- **Organismo:** D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD
- **Identificador oficial:** BOCM-20260829-11
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-08-29/convenio-convenio-27-julio-2026-servicio-madrileno-salud-asociacion-madrilena-lucha-enfermedades-rinon-alcer-madrid-5ljmab
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/08/29/BOCM-20260829-11.PDF

## Contenido

BOCM Pág. 144 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID SÁBADO 29 DE AGOSTO DE 2026 B.O.C.M. Núm. 206 I. COMUNIDAD DE MADRID D) Anuncios Consejería de Sanidad SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD 11 CONVENIO de 27 de julio de 2026, entre el Servicio Madrileño de Salud y la Asociación Madrileña para la Lucha Contra las Enfermedades del Riñón “ALCERMADRID”, mediante el que se instrumenta una subvención nominativa, por importe de 216.108 euros, para la coordinación de las necesidades de transporte sanitario terrestre no urgente de pacientes en hemodiálisis a cargo del sistema sanitario de la Comunidad de Madrid para el año 2026. REUNIDAS De una parte, D.a Laura Gutiérrez Barreno, Viceconsejera de Sanidad y Directora General del Servicio Madrileño de Salud, nombrada mediante Decreto 257/2023, de 22 de noviembre, del Consejo de Gobierno, en nombre y representación del Servicio Madrileño de Salud, actuando en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 23.2.a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud y el Acuerdo del Consejo de Administración del Servicio Madrileño de Salud, de 30 de diciembre de 2024, por el que se revocan los acuerdos adoptados anteriormente, relativos a la delegación de competencias, su avocación y ratificación, y se delegan determinadas competencias del Consejo de Administración. Y de otra, D.a Iluminada Martín-Crespo García, en nombre y representación de la Asociación Madrileña para la Lucha Contra las Enfermedades del Riñón (en adelante “ALCERMADRID”), con NIF G-28765204, entidad sin ánimo de lucro constituida mediante acuerdo formalizado en Acta Fundacional con fecha 4 de mayo de 1976 e inscrita en el Registro de Asociaciones de la Comunidad de Madrid con número 2054, de la que es Presidenta, según certificado del Registro de Asociaciones de la Subdirección General de Política Interior, Dirección General de Seguridad, Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior. Ambas instituciones, en la calidad en que intervienen en este acto, se reconocen recíprocamente capacidad legal para comprometerse y otorgar el presente convenio, a cuyo efecto, EXPONEN Primero Que la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid, en su artículo 2.3.b) recoge entre sus principios rectores la concepción integral del sistema sanitario, incluyendo la promoción de la salud, la educación sanitaria, la prevención, la asistencia en caso de enfermedad, la rehabilitación, la investigación y la formación sanitaria. Que la Viceconsejería de Sanidad asume la superior dirección del Servicio Madrileño de Salud, tal y como establece el artículo 3.g) del Decreto 245/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad. Tercero Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 4.a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud tiene, entre otros fines, la atención integral de la salud de todos los ámbitos asistenciales. BOCM-20260829-11 Segundo

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/08/29/BOCM-20260829-11.PDF
