# Concesión demanial – Orden de 24 de agosto de 2026, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se aprueba el inicio del procedimiento para el otorgamiento de la concesión demanial de redes públicas destinadas a la construcción de viviendas dedicadas al alquiler a precio asequible, se acuerda la apertura del procedimiento de licitación y se aprueban los pliegos de condiciones particulares y de prescripciones técnicas que han de regir la misma (expediente número CD_01/2026)

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-08-31
- **Organismo:** C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS
- **Identificador oficial:** BOCM-20260831-14
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-08-31/concesion-demanial-orden-24-agosto-2026-consejeria-vivienda-transportes-e-infraestructuras-que-aprueba-inicio-procedimiento-otorgamiento-nr9O0X
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/08/31/BOCM-20260831-14.PDF

## Contenido

BOCM BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Pág. 82 LUNES 31 DE AGOSTO DE 2026 B.O.C.M. Núm. 207 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Vivienda,Transportes e Infraestructuras ORDEN de 24 de agosto de 2026, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se aprueba el inicio del procedimiento para el otorgamiento de la concesión demanial de redes públicas destinadas a la construcción de viviendas dedicadas al alquiler a precio asequible, se acuerda la apertura del procedimiento de licitación y se aprueban los pliegos de condiciones particulares y de prescripciones técnicas que han de regir la misma (expediente número CD_01/2026). La Comunidad de Madrid, por habilitación expresa del artículo 148.1.3 de la Constitución Española, asumió en el artículo 26.1.4 de su Estatuto de Autonomía, como exclusiva, la competencia en materia de ordenación del territorio, urbanismo y vivienda. Mediante Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, se creó la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, correspondiéndole, entre otras, las competencias en materia de vivienda. En ejercicio de dichas competencias, la Consejería competente en materia de vivienda continúa desarrollando el denominado Plan Vive, con el objetivo de impulsar la construcción de viviendas destinadas al alquiler asequible mediante la optimización y puesta en valor del patrimonio público de la Comunidad de Madrid, a través del otorgamiento de concesiones administrativas sobre suelos de dominio público. La Comunidad de Madrid dispone de diversas parcelas integrantes de redes públicas que pueden ser destinadas a uso residencial, gestionadas por la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación. La Ley 3/2001, de 21 de junio, de Patrimonio de la Comunidad de Madrid, regula la figura de la concesión demanial, resultando asimismo de aplicación la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas, su Reglamento General aprobado por Real Decreto 1373/2009, de 28 de agosto, así como el Real DecretoLey 26/2020, de 7 de julio, de medidas de reactivación económica para hacer frente al impacto del Covid-19 en los ámbitos de transportes y vivienda. De conformidad con el artículo 33 de la Ley 3/2001, de 21 de junio, la utilización y aprovechamiento de bienes de dominio público que requiera la realización de obras permanentes o instalaciones fijas deberá otorgarse mediante concesión administrativa, observándose las reglas de publicidad y concurrencia cuando exista pluralidad de interesados. Por su parte, el artículo 34 de la citada Ley establece que las Consejerías determinarán las condiciones generales que regirán las concesiones sobre el dominio público. Asimismo, la disposición adicional primera de la citada Ley atribuye a la Consejería competente en materia de vivienda las facultades patrimoniales respecto del patrimonio destinado a la promoción pública de vivienda. Por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid se aprobó el Decreto 84/2020, de 7 de octubre, por el que se regula el procedimiento de asignación y uso de viviendas construidas al amparo de concesión demanial en suelos de redes supramunicipales, modificado posteriormente por los Decretos 115/2022, de 2 de noviembre, y 105/2024, de 4 de diciembre. Se han elaborado los correspondientes Pliegos de Condiciones Particulares y de Prescripciones Técnicas que han de regir la licitación para el otorgamiento de la concesión demanial de tres parcelas agrupadas en dos lotes, situadas en el municipio de San Sebastián de los Reyes, para la construcción, explotación, conservación y mantenimiento de viviendas destinadas al alquiler asequible. Las parcelas objeto de la concesión son las siguientes: LOTE PARCELA DIRECCIÓN Lote 1 Parcela 1 Avenida de la Albufera nº 21, San Sebastián de los Reyes Lote 2 Parcela 2 Calle José Hierro nº 21, San Sebastián de los Reyes Lote 2 Parcela 3 Avenida de Navarrondán nº 12, San Sebastián de los Reyes BOCM-20260831-14 14

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/08/31/BOCM-20260831-14.PDF
