# Régimen económico. Modificación presupuestaria

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-09-01
- **Organismo:** Camarma de Esteruelas
- **Identificador oficial:** BOCM-20260901-45
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-09-01/regimen-economico-modificacion-presupuestaria-NLPkmQ
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/09/01/BOCM-20260901-45.PDF

## Contenido

BOCM B.O.C.M. Núm. 208 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID MARTES 1 DE SEPTIEMBRE DE 2026 Pág. 179 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 45 CAMARMA DE ESTERUELAS RÉGIMEN ECONÓMICO Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de modificación de crédito n.o 17/2026, financiado con cargo a remanente de Tesorería para gastos generales, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se inserta resumen por capítulos del presupuesto, una vez incorporada la modificación aprobada y según el siguiente detalle: SUPLEMENTOS EN APLICACIONES DE GASTOS CAPÍTULO IMPORTE CAPÍTULO 2 250.000,00 TOTAL 250.000,00 Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de Tesorería, en los siguientes términos: ALTAS PRESUPUESTO DE INGRESOS CAPÍTULO IMPORTE CAPÍTULO 8 250.000,00 TOTAL 250.000,00 BOCM-20260901-45 Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado. Camarma de Esteruelas, a 22 de agosto de 2026.—La alcaldesa-presidenta, Ana Victoria Cruz Martín. (03/13.716/26) http://www.bocm.es BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID D. L.: M. 19.462-1983 ISSN 1989-4791

## Fuente

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Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/09/01/BOCM-20260901-45.PDF
