# Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Plan especial

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-09-01
- **Organismo:** Madrid
- **Identificador oficial:** BOCM-20260901-42
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-09-01/urbanismo-area-gobierno-urbanismo-medio-ambiente-movilidad-plan-especial-nzLrzk
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/09/01/BOCM-20260901-42.PDF

## Contenido

BOCM Pág. 172 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID MARTES 1 DE SEPTIEMBRE DE 2026 B.O.C.M. Núm. 208 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 42 MADRID URBANISMO Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 30 de junio de 2026, expediente 135-2023-02269, adoptó el siguiente acuerdo: “Primero.—Desestimar la alegación presentada durante el período de información pública, por las razones y en los términos señalados en el informe de la Dirección General de Planeamiento de 7 de junio de 2026. Dicho informe estará a disposición del alegante y de los ciudadanos en general, formando parte de la documentación que se publique en la página de transparencia del Ayuntamiento de Madrid, una vez que el planeamiento se apruebe definitivamente. Segundo.—Aprobar definitivamente el Plan Especial para la parcela situada en la calle de Bueso Pineda, número 52, Distrito de Hortaleza, promovido por Entrecampos Cuatro Socimi, S. A., de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con los artículos 57 y 62.2 de la citada Ley. Tercero.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, con indicación de haberse procedido previamente a su depósito en el registro administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística”. Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el art. 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, a continuación se publican los documentos con contenido normativo. NORMAS URBANÍSTICAS Capítulo 1 Disposiciones generales Artículo 1. Ámbito.—El ámbito de este Plan Especial es la parcela ubicada en la calle Bueso Pineda, n.o 52 de Madrid con vuelta a la calle de Asura. Art. 2. Objeto y alcance del Plan Especial.—El objeto del Plan Especial (en adelante, PE) es ordenar la edificabilidad máxima de la parcela situada en la calle Bueso Pineda, n.o 52, calificada como equipamiento privado, incrementando su edificabilidad un 20 %, en aplicación del artículo 7.10.6.7 de las Normas Urbanísticas (en adelante, NNUU) del Plan General de Ordenación Urbana (en adelante Plan General), estableciendo las obligaciones y cesiones legalmente exigibles. Art. 3. Regulación urbanística.—1. La parcela está incluida en el API. 16.17 Portugalete III con la calificación de equipamiento privado. 2. Es de aplicación el régimen urbanístico establecido en el artículo 3.2.7, por el título 7 de las normas urbanísticas del Plan General, y por las condiciones particulares reguladas en estas normas. Art. 4. Condiciones de la nueva edificación.—1. Se regulan por lo establecido en la Norma Zonal 5 grado 3.o del Plan General, excepto la edificabilidad que queda definida en el artículo 5 de estas normas. Art. 5. Edificabilidad.—1. La edificabilidad de la parcela asignada por el Plan General es la establecida por aplicación de la Norma Zonal 5 grado 3.o: 1,4 metros cuadrados por cada metro cuadrado (2.100 m2 edificables). 2. El Plan Especial regula un incremento de edificabilidad de un 20 % sobre la asignada por el Plan General siendo la edificabilidad máxima de la parcela de 2.520 m2 edifi- BOCM-20260901-42 Capítulo 2 Condiciones particulares del Plan Especial

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/09/01/BOCM-20260901-42.PDF
