# Régimen económico. Ordenanza

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-09-07
- **Organismo:** Torrejón de Ardoz
- **Identificador oficial:** BOCM-20260907-39
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-09-07/regimen-economico-ordenanza-5MP7kw
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/09/07/BOCM-20260907-39.PDF

## Contenido

BOCM B.O.C.M. Núm. 213 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID LUNES 7 DE SEPTIEMBRE DE 2026 Pág. 171 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 39 TORREJÓN DE ARDOZ RÉGIMEN ECONÓMICO 1. Transcurrido el plazo de exposición al público de la aprobación inicial de la ordenanza fiscal reguladora del programa de pago de tributos municipales en ocho mensualidades, adoptado por el Pleno del Ayuntamiento el día 17 de junio de 2026, tras la aprobación del proyecto por la Junta de Gobierno Local en fecha 8 de junio de 2026, y examinadas y desestimadas las alegaciones presentadas, el Pleno de la Corporación, en sesión extraordinaria celebrada el día 2 de septiembre de 2026, ha aprobado definitivamente la ordenanza, en los términos que se contienen en el texto anexo. Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. 2. Contra el presente acuerdo, conforme a lo dispuesto en el artículo 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. ANEXO «ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL PROGRAMA DE PAGO DE TRIBUTOS MUNICIPALES EN OCHO MENSUALIDADES Exposición de Motivos La actual coyuntura económica exige que la Administración Local actúe con especial sensibilidad social, adaptando la carga fiscal a la capacidad real de pago de la ciudadanía. El sistema tradicional de vencimientos anuales únicos genera, en muchos casos, tensiones de tesorería en los hogares y pequeñas empresas, dificultando el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. Con el objetivo de profundizar en los principios de eficacia y proximidad, este Ayuntamiento establece un sistema de pago fraccionado en ocho cuotas para la práctica totalidad de los tributos municipales de cobro periódico. El prorrateo del pago de los tributos municipales (como el IBI, IVTM, la TRTTR o la tasa de vados) en ocho mensualidades, evita el impacto de grandes desembolsos en momentos puntuales del año, permitiendo una mejor planificación económica doméstica, aliviando la carga familiar. Este sistema fomenta la domiciliación bancaria y el uso de la administración electrónica, optimizando los flujos de entrada de ingresos para el Ayuntamiento y dotando a la Hacienda Local de una mayor estabilidad presupuestaria a lo largo del ejercicio. En definitiva, la implantación de este programa busca transformar la gestión tributaria en una herramienta de apoyo económico, garantizando la suficiencia de los servicios públicos sin comprometer la salud financiera de los vecinos BOCM-20260907-39 Por otro lado, se ha contrastado que la atomización de la deuda facilita el pago voluntario, reduciendo así la apertura de expedientes en vía ejecutiva y los recargos por demora para el contribuyente.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/09/07/BOCM-20260907-39.PDF
