# Vías pecuarias – Orden 3284/2026, de 4 de septiembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se aprueba la modificación de trazado de la vía pecuaria “Vereda de los Leñeros” del término municipal de Madrid

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-09-09
- **Organismo:** D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR
- **Identificador oficial:** BOCM-20260909-22
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-09-09/vias-pecuarias-orden-32842026-4-septiembre-consejeria-medio-ambiente-agricultura-e-interior-que-aprueba-modificacion-trazado-via-N4pKwa
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/09/09/BOCM-20260909-22.PDF

## Contenido

BOCM Pág. 54 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID MIÉRCOLES 9 DE SEPTIEMBRE DE 2026 B.O.C.M. Núm. 215 I. COMUNIDAD DE MADRID D) Anuncios Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior 22 ORDEN 3284/2026, de 4 de septiembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se aprueba la modificación de trazado de la vía pecuaria “Vereda de los Leñeros” del término municipal de Madrid. Examinado el expediente de modificación de trazado de la vía pecuaria “Vereda de los Leñeros” del término municipal de Madrid, se desprenden los siguientes: ANTECEDENTES DE HECHO Primero Las vías pecuarias del término municipal de Madrid-Canillas se encuentran clasificadas por Orden Ministerial de 29 de mayo de 1942 y deslindadas por Resolución de 25 de febrero de 1946, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Madrid de 5 de marzo de 1946. Segundo El Ayuntamiento de Madrid ha remitido Proyecto de modificación de trazado de la vía pecuaria “Vereda de los Leñeros”, presentado por IFEMA. Tras requerimiento de subsanación, se presenta propuesta final con fecha de registro 21 de abril de 2026. FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero La Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid, regula en sus artículos 23 y siguientes la posibilidad de modificar el trazado de terrenos de vías pecuarias, previa desafectación, cuya resolución corresponde a la Consejería competente por razón de la materia. El Decreto 7/2021, de 27 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid, en sus artículos 23 y siguientes, establece las normas a las que debe ajustarse el procedimiento de modificación de trazado. Recibida solicitud de modificación de trazado, con fecha de registro de salida de 22 de diciembre de 2025 se procede a la realización del trámite de consulta previa previsto en el artículo 20 de la Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid, a las entidades y organismos pertinentes a efectos de emisión del correspondiente informe. En relación a las mismas se recibe contestación de: — Dirección General de Urbanismo, con fecha de 2 de febrero de 2026, informa que el resultado definitivo de los suelos afectados por el cambio de trazado y desafectación deben responder a su regulación urbanística conforme a lo establecido en el planeamiento general y de desarrollo así como cumplir con lo determinado en la Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid, siendo competencia municipal la verificación del cumplimiento urbanístico. — Dirección General de Carreteras, con fecha de 17 de abril de 2026, informa que no existen carreteras autonómicas presentes en el ámbito de la Desafectación y Modificación de trazado de terrenos de la vía pecuaria “Vereda de los Leñeros” del término municipal de Madrid, por lo que no produce afecciones a carreteras de competencia autonómica. — Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid, con fecha de registro de entrada de 20 de febrero de 2026, informa favorablemente con prescripciones respecto al acondicionamiento. BOCM-20260909-22 Segundo

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/09/09/BOCM-20260909-22.PDF
