# Notificación – Resolución de 31 de agosto de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se procede a la publicación de una sanción administrativa impuesta por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-09-10
- **Organismo:** D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO
- **Identificador oficial:** BOCM-20260910-13
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-09-10/notificacion-resolucion-31-agosto-2026-direccion-general-trabajo-que-procede-publicacion-sancion-administrativa-impuesta-infracciones-nEaAY3
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/09/10/BOCM-20260910-13.PDF

## Contenido

BOCM Pág. 38 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID JUEVES 10 DE SEPTIEMBRE DE 2026 B.O.C.M. Núm. 216 I. COMUNIDAD DE MADRID D) Anuncios Consejería de Economía, Hacienda y Empleo 13 RESOLUCIÓN de 31 de agosto de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se procede a la publicación de una sanción administrativa impuesta por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales. El artículo 40.2 del texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000 de 4 de agosto, establece que “las sanciones impuestas por infracciones muy graves, una vez firmes, se harán públicas en la forma que se determine reglamentariamente”. En desarrollo de dicho precepto se dictó el Real Decreto 597/2007, de 4 de mayo, sobre publicación de las sanciones por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales, que tiene por objeto principal determinar la forma en que deben hacerse públicas dichas sanciones. El artículo 149.1.7.o de la Constitución Española establece la competencia exclusiva del Estado en materia de legislación laboral, sin perjuicio de su ejecución por los Órganos de las Comunidades Autónomas. Por tanto, existiendo actualmente en la Comunidad de Madrid una sanción firme impuesta por infracción muy grave en materia de prevención de riesgos laborales susceptible de publicación con arreglo a la normativa vigente, procede realizar dicha publicación en la forma y términos establecidos en el Real Decreto 597/2007, de 4 de mayo. En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo único del Decreto 51/1995 de 25 de mayo, en relación con el artículo 31 del Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y el artículo 11 del Decreto 63/2026, de 22 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se determinan los órganos competentes para la instrucción y resolución de los expedientes sancionadores por infracciones en el orden social y se regula la publicidad de las sanciones impuestas por la comisión de infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales, 1. Ordenar la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la sanción firme impuesta por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales cuyos datos se citan a continuación: — Nombre o razón social de la empresa: Construcciones Rubau, S. A. — Sector de actividad: Construcción de edificios residenciales. — CIF: A-17013863. — Infracción cometida: Puesta a disposición de los trabajadores de un andamio con deficiencias, existiendo riesgo grave e inminente de vuelco, desplome o derrumbe del mismo durante su utilización. — Infracción muy grave tipificada en el artículo 13.10 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto (“Boletín Oficial del Estado” del 8.08.00), por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social. — Sanción impuesta: Muy grave, mínimo 29.508,60 euros, en aplicación a solicitud de la empresa de la reducción prevista en el artículo 14.6 del Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social. — Fecha de extensión del acta de infracción: 24 de marzo de 2026. — Fecha de adquisición de firmeza de la sanción: 6 de agosto de 2026. 2. Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 4.2 del Real Decreto 597/2007, de 4 de mayo, sobre publicación de las sanciones por infracciones muy graves en materia de pre- BOCM-20260910-13 DISPONGO

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Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/09/10/BOCM-20260910-13.PDF
