# Estructura orgánica – Decreto 79/2026, de 23 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-09-24
- **Organismo:** A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR
- **Identificador oficial:** BOCM-20260924-1
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-09-24/estructura-organica-decreto-792026-23-septiembre-consejo-gobierno-que-modifica-decreto-2352023-6-septiembre-consejo-gobierno-nvqk9j
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/09/24/BOCM-20260924-1.PDF

## Contenido

BOCM B.O.C.M. Núm. 228 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID JUEVES 24 DE SEPTIEMBRE DE 2026 Pág. 9 I. COMUNIDAD DE MADRID A) Disposiciones Generales Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior DECRETO 79/2026, de 23 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior. El Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior determina los órganos que la integran y las competencias que se les atribuyen. La modificación del decreto se fundamenta en la necesidad de adaptarlo a la legalidad vigente y a la situación actual de la participación de la consejería en entidades externas. La necesidad de adaptación a la legalidad vigente deviene de la aprobación de dos leyes que afectan a la estructura de la consejería. Por una parte, la Ley 5/2025, de 23 de diciembre, de Hacienda de la Comunidad de Madrid, cuya disposición adicional tercera establece la obligación de que, en el plazo de un año desde su entrada en vigor, el órgano de gestión sin personalidad jurídica Centro de Asuntos Taurinos se integre en la estructura orgánica de su consejería de adscripción con rango de dirección general. Por otra parte, el artículo undécimo de la Ley 7/2024, de 26 de diciembre, de Medidas para un desarrollo equilibrado en materia de medio ambiente y ordenación del territorio, relativo al régimen jurídico de los consejos reguladores y otras entidades de derecho público de gestión de las figuras de calidad alimentaria diferenciada de productos agroalimentarios, les confiere la forma jurídica de corporaciones de derecho público, con personalidad jurídica propia, autonomía financiera y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines. Este cambio de forma jurídica conlleva la necesidad de modificar la disposición adicional segunda del Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, a los efectos de que dichos consejos reguladores y entidades de gestión de las figuras de calidad alimentaria no figuren en la relación de órganos colegiados adscritos a la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior. La necesidad de adaptación a la situación actual de la participación de la consejería en entidades externas exige la modificación del artículo 12.3 del Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, relativo a las competencias de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación en materia de industrias agroalimentarias y promoción de alimentos de proximidad, eliminando sus competencias de participación y control de los órganos rectores de las figuras de calidad alimentaria, así como suprimiendo la competencia de coordinación del clúster alimentario de la Comunidad de Madrid, en la medida en que este centro directivo en la actualidad no es integrante de la Junta Directiva de la Asociación Clúster de Agroalimentación de la Comunidad de Madrid, creada mediante acta fundacional de 29 de noviembre de 2023. Este decreto es conforme a los principios de buena regulación previstos en los artículos 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 2 del Decreto 52/2021, de 24 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se regula y simplifica el procedimiento de elaboración de las disposiciones normativas de carácter general de la Comunidad de Madrid. Conforme a los principios de necesidad y eficacia, se trata de una norma adecuada para integrar dentro de la estructura de la consejería las competencias en materia taurina que ostenta la Comunidad de Madrid y que se dirigen al fomento y la defensa de la fiesta de los toros, la promoción y divulgación de la tauromaquia, en su dimensión social y cultural y el desarrollo de actuaciones relacionadas con las ganaderías de lidia. Asimismo, la norma se adecua a la nueva naturaleza jurídica de corporaciones de derecho público, con personalidad jurídica propia, autonomía financiera y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, que el artículo undécimo de la Ley 7/2024, de 26 de diciembre, de Medidas para un desarrollo equilibrado en materia de medio ambiente y ordenación del territorio, BOCM-20260924-1 1

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/09/24/BOCM-20260924-1.PDF
