# Integración personal estatutario— Orden 988/2026, de 16 de septiembre, de la Consejera de Sanidad, por la que se convoca el proceso de integración voluntaria en el régimen del personal estatutario en la categoría de Médico/a de Cuidados Paliativos para el personal que presta servicios en las Instituciones Sanitarias del Servicio Madrileño de Salud

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-09-29
- **Organismo:** B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD
- **Identificador oficial:** BOCM-20260929-5
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-09-29/integracion-personal-estatutario-orden-9882026-16-septiembre-consejera-sanidad-que-convoca-proceso-integracion-voluntaria-regimen-personal-estatutario-56b2jp
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/09/29/BOCM-20260929-5.PDF

## Contenido

BOCM B.O.C.M. Núm. 232 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID MARTES 29 DE SEPTIEMBRE DE 2026 Pág. 21 I. COMUNIDAD DE MADRID B) Autoridades y Personal Consejería de Sanidad ORDEN 988/2026, de 16 de septiembre, de la Consejera de Sanidad, por la que se convoca el proceso de integración voluntaria en el régimen del personal estatutario en la categoría de Médico/a de Cuidados Paliativos para el personal que presta servicios en las Instituciones Sanitarias del Servicio Madrileño de Salud. La Ley 9/2015, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 31 diciembre 2015), modificada en la nueva redacción dada por el artículo treinta y ocho de la Ley 11/2022, de 21 de diciembre, de Medidas Urgentes para el Impulso de la Actividad Económica y la Modernización de la Administración de la Comunidad de Madrid (“Boletín Oficial del Estado” 21 de marzo de 2023), crea en las Instituciones Sanitarias dependientes del Servicio Madrileño de Salud, nuevas categorías de personal estatutario entre las que se encuentra la de Médico/a de Cuidados Paliativos. La disposición final primera 2 de la Ley 9/2015 citada habilita al titular de la Consejería de Sanidad para que regule los requisitos y condiciones de integración del personal estatutario que, con anterioridad a la presente Orden, venga desempeñando en las Instituciones Sanitarias del Servicio Madrileño de Salud las funciones correspondientes a la categoría de Médico de Cuidados Paliativos. Asimismo, la referida Ley habilita al titular de la Consejería de Sanidad para dictar, en el marco del Decreto 8/2007, de 1 de febrero, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, por el que se regula el proceso voluntario de integración en el régimen estatutario del personal laboral y funcionario que presta servicios en las Instituciones Sanitarias del Servicio Madrileño de Salud, aquellas órdenes que sean necesarias para ofertar la integración del personal funcionario y laboral que, reuniendo los requisitos de titulación, venga desarrollando en las instituciones sanitarias del Servicio Madrileño de Salud las funciones de las nuevas categorías estatutarias creadas en dicha Ley. Por tanto, la presente Orden tiene por objeto convocar el proceso de integración voluntaria en la nueva categoría estatutaria del régimen estatutario al personal estatutario fijo de la Comunidad de Madrid, previsto en la Ley 9/2015, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, que con anterioridad a la presente Orden, venga prestando servicios en las Instituciones Sanitarias del Servicio Madrileño de Salud, desempeñando las funciones correspondientes a la categoría de Médico de Cuidados Paliativos que se recogen en esta orden. En caso de disponer el Diploma de Acreditación en el Área Funcional de Cuidados Paliativos (DAP) regulada por la Orden SND/1427/2023, de 26 de diciembre, por la que se publican las bases para la creación de Diplomas de Acreditación en el Área Funcional de Paliativos no será necesario aportar el certificado de funciones. Asimismo, esta Orden establece los requisitos específicos exigibles al personal incluido en su ámbito de aplicación y la tabla de homologación en categoría estatutaria equivalente, en los términos y condiciones fijados en el Decreto 8/2007. En virtud de todo lo expuesto, a propuesta de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, previa negociación en el ámbito de la Mesa Sectorial de Sanidad en las reuniones celebradas el día 18 de diciembre de 2025, y 28 de enero de 2026, de conformidad con lo establecido en el Decreto 8/2007, de 1 de febrero, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid y en el BOCM-20260929-5 5

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/09/29/BOCM-20260929-5.PDF
