# Tarifas alcantarillado – Acuerdo de 30 de septiembre de 2026, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba una cuota suplementaria en la tarifa de alcantarillado del municipio de Chapinería, con destino a la financiación de obras de infraestructuras hidráulicas

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-10-07
- **Organismo:** C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR
- **Identificador oficial:** BOCM-20261007-17
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-10-07/tarifas-alcantarillado-acuerdo-30-septiembre-2026-consejo-gobierno-que-aprueba-cuota-suplementaria-tarifa-alcantarillado-municipio-GxdW1R
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/10/07/BOCM-20261007-17.PDF

## Contenido

BOCM Pág. 66 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID MIÉRCOLES 7 DE OCTUBRE DE 2026 B.O.C.M. Núm. 239 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior 17 ACUERDO de 30 de septiembre de 2026, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba una cuota suplementaria en la tarifa de alcantarillado del municipio de Chapinería, con destino a la financiación de obras de infraestructuras hidráulicas. Con fecha 9 de mayo de 2025 se suscribió el convenio de ejecución de infraestructuras de alcantarillado Plan Sanea en el municipio de Chapinería, con cargo a cuota suplementaria, entre el Ayuntamiento de Chapinería, Canal de Isabel II y Canal de Isabel II, S. A., M. P. La estipulación primera de dicho convenio establece que las obras previstas en el anexo al convenio, a ejecutar en el municipio de Chapinería, se financiarán con cargo a lo recaudado por una cuota suplementaria, a aplicar junto con la tarifa de alcantarillado, cuyo importe será, según establece la estipulación segunda, de 0,40 euros por metro cúbico consumido, que será actualizada automáticamente conforme a las variaciones que se produzcan anualmente en las tarifas aprobadas para los servicios de abastecimiento y saneamiento. La cuantía de la cuota suplementaria que contempla el convenio suscrito con el municipio de Chapinería ha de ser aprobada por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, tal y como establece el artículo 6 del Reglamento sobre Régimen Económico y Financiero del Abastecimiento y Saneamiento de Agua en la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto 137/1985, de 20 de diciembre, en relación con el artículo 12 de la Ley 17/1984, de 20 de diciembre, reguladora del Abastecimiento y Saneamiento de Agua en la Comunidad de Madrid. En su virtud, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, el Consejo de Gobierno, previa deliberación, en su reunión del día 30 de septiembre de 2026, ACUERDA Primero Aprobar una cuota suplementaria de 0,40 euros por metro cúbico consumido en la tarifa de alcantarillado del municipio de Chapinería, con destino a la financiación de las obras de ejecución de infraestructuras hidráulicas previstas en el convenio suscrito entre Canal de Isabel II, Canal de Isabel II, S. A., M. P., y dicho municipio el 9 de mayo de 2025, variando dicha cuota, automáticamente, en el mismo porcentaje que anualmente se establezca para las tarifas aprobadas para los servicios de abastecimiento y saneamiento. Segundo De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12.3 de la Ley 17/1984, de 20 de diciembre, reguladora del Abastecimiento y Saneamiento de Agua en la Comunidad de Madrid, se informará del presente Acuerdo a la comisión correspondiente de la Asamblea de Madrid y se remitirá para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Madrid, a 30 de septiembre de 2026. El Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, CARLOS NOVILLO PIRIS (03/16.010/26) http://www.bocm.es BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID D. L.: M. 19.462-1983 ISSN 1989-4791 BOCM-20261007-17 La Presidenta, ISABEL DÍAZ AYUSO

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/10/07/BOCM-20261007-17.PDF
