# Convenio – Convenio de 14 de septiembre de 2026, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación de Madrid de Voleibol, para el desarrollo de la undécima edición del Programa “Institutos Promotores de la Actividad Física y el Deporte de la Comunidad de Madrid”

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-10-12
- **Organismo:** D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE
- **Identificador oficial:** BOCM-20261012-21
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-10-12/convenio-convenio-14-septiembre-2026-comunidad-madrid-traves-consejeria-cultura-turismo-deporte-federacion-madrid-GpPzmR
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/10/12/BOCM-20261012-21.PDF

## Contenido

BOCM Pág. 280 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID LUNES 12 DE OCTUBRE DE 2026 B.O.C.M. Núm. 243 I. COMUNIDAD DE MADRID D) Anuncios Consejería de Cultura, Turismo y Deporte 21 CONVENIO de 14 de septiembre de 2026, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación de Madrid de Voleibol, para el desarrollo de la undécima edición del Programa “Institutos Promotores de la Actividad Física y el Deporte de la Comunidad de Madrid”. En Madrid, a 14 de septiembre de 2026. REUNIDOS De una parte, D. Mariano de Paco Serrano, Consejero de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid. De otra parte, D. Pedro Gironés Galiana, Presidente de la Federación de Madrid de Voleibol. INTERVIENEN El primero de ellos, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid, Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, de conformidad con lo previsto en el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid; el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid; el Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y en la Orden 550/2026, de 30 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y protocolos y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones, y en virtud de su nombramiento como Director General de Deportes por Decreto 173/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno. El segundo, en nombre y representación de la Federación de Madrid de Voleibol, inscrita en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid con el número 27, en calidad de Presidente de la misma en virtud de su nombramiento, efectuado con fecha 25 de enero de 2025, y en virtud de las atribuciones de su cargo recogidas en sus Estatutos Sociales. Ambas partes se reconocen competencia para la firma del presente documento y I. Que la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid, en su artículo 2, apartados a), h) y j) establece, como principios rectores de la política deportiva de la Comunidad de Madrid, la efectiva integración de la educación física y el deporte en el sistema educativo, la difusión de las actividades físicas y del deporte en todos los sectores de la población y, en particular, entre los más desfavorecidos y la colaboración responsable entre las diversas administraciones públicas, y entre estas y la organización deportiva privada. Además, el artículo 15 prevé que la Comunidad de Madrid, en coordinación y cooperación con los municipios u otras entidades, promoverá la difusión de la cultura física desde la infancia mediante la redacción y ejecución de planes y programas específicos. Como consecuencia de lo anterior, el artículo 21.3.d) del citado texto legal, establece la posibilidad de acordar con las federaciones deportivas de la Comunidad de Madrid sus objetivos, programas deportivos, en especial los del deporte de alto nivel, presupuestos y estructuras orgánicas y funcionales de aquellas, suscribiendo al efecto los correspondientes convenios. Tales convenios tendrán naturaleza jurídico-administrativa. II. Que, de conformidad con el artículo 11 del Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, la Dirección General de Deportes tiene atribuidas las competencias para el impulso, la organización, en su caso, y la colaboración en el desarrollo de la competición deportiva en ge- BOCM-20261012-21 EXPONEN

## Fuente

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Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/10/12/BOCM-20261012-21.PDF
