# Convenio – Adenda de 22 de septiembre de 2026, por la que se modifica la cláusula tercera y los Anexos I y II del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Arganda del Rey, para la realización de actuaciones contra la violencia de género y para la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y se prorroga para el año 2027

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-10-13
- **Organismo:** D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES
- **Identificador oficial:** BOCM-20261013-51
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/madrid/2026-10-13/convenio-adenda-22-septiembre-2026-que-modifica-clausula-tercera-anexos-i-ii-convenio-colaboracion-comunidad-5l4794
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/10/13/BOCM-20261013-51.PDF

## Contenido

BOCM B.O.C.M. Núm. 244 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID MARTES 13 DE OCTUBRE DE 2026 Pág. 301 I. COMUNIDAD DE MADRID D) Anuncios Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales 51 ADENDA de 22 de septiembre de 2026, por la que se modifica la cláusula tercera y los Anexos I y II del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Arganda del Rey, para la realización de actuaciones contra la violencia de género y para la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y se prorroga para el año 2027. Madrid, a 22 de septiembre de 2026. REUNIDOS De una parte, la Excma. Sra. D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 46/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las atribuciones que le confieren el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid. De otra, el Ilmo. Sr. D. Alberto Escribano García, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Arganda del Rey, actuando en cumplimiento de las facultades que le otorga el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, las cuales le han sido encomendadas a tenor de su elección en sesión constitutiva celebrada por el Pleno del Ayuntamiento de Arganda del Rey el día 17 de junio de 2023. Actuando ambas partes en el ejercicio de sus respectivos cargos, se reconocen mutua capacidad para la suscripción de la presente Adenda de modificación y prórroga del Convenio de colaboración y MANIFIESTAN Primero El día 30 de noviembre de 2023 se firmó Convenio entre la Comunidad de Madrid, y el Ayuntamiento de Arganda del Rey para la realización de actuaciones contra la violencia de género y para la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres para el año 2024. Segundo La cláusula décima de dicho Convenio faculta a las partes para prorrogar su vigencia mediante acuerdo expreso formalizado con anterioridad a la finalización de su vigencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, durante un plazo máximo de 4 años adicionales. En virtud de la misma ha sido prorrogado para el ejercicio 2025 y 2026, en fechas 29 de noviembre de 2024 y 24 de septiembre de 2025 respectivamente. En la misma cláusula décima se contempla, además, la posibilidad de modificar el Convenio de mutuo acuerdo, mediante la suscripción de la correspondiente Adenda. Cuarto El objetivo de la tramitación de la presente Adenda es en primer lugar, adaptar la financiación establecida en el Convenio al nuevo tramo de población conforme a los últimos datos oficiales del INE (año 2025). Ello supone modificar la cláusula tercera y los Anexos I BOCM-20261013-51 Tercero

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/10/13/BOCM-20261013-51.PDF
