Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Junta de Andalucía en el día 16-01-2024
Disposiciones generales. . (2024/11-1)
Corrección de errores de la Resolución de 26 de diciembre de 2023, de la Agencia Digital de Andalucía, por la que se convoca la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigida a entidades asociativas sin ánimo de lucro en zonas desfavorecidas de Andalucía, para la dinamización de centros de competencias digitales durante el ejercicio 2024 al amparo de la Orden de 9 de noviembre de 2021. Línea CAPI Mantenimiento y se acuerda la ampliación del plazo establecido en el apartado tercero de su resuelvo cuarto.
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Corrección de errores de la Resolución de 26 de diciembre de 2023, de la Agencia Digital de Andalucía, por la que se convoca la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigida a entidades asociativas sin ánimo de lucro en zonas desfavorecidas de Andalucía, para la dinamización de centros de competencias digitales durante el ejercicio 2024 al amparo de la Orden de 9 de noviembre de 2021. Línea CAPI Mantenimiento y se acuerda la ampliación del plazo establecido en el apartado tercero de su resuelvo cuarto.Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 11 - Martes, 16 de enero de 2024
página 347/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, INTERIOR, DIÁLOGO SOCIAL
Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Corrección de errores de la Resolución de 26 de diciembre de 2023, de
la Agencia Digital de Andalucía, por la que se convoca la concesión de
subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigida a entidades
asociativas sin ánimo de lucro en zonas desfavorecidas de Andalucía, para la
dinamización de centros de competencias digitales durante el ejercicio 2024 al
amparo de la Orden de 9 de noviembre de 2021. Línea CAPI Mantenimiento
y se acuerda la ampliación del plazo establecido en el apartado tercero de su
resuelvo cuarto.
Advertido error en la Resolución de 26 de diciembre de 2023, de la Agencia Digital
de Andalucía, por la que se convoca la concesión de subvenciones, en régimen de
concurrencia no competitiva, dirigida a entidades asociativas sin ánimo de lucro en zonas
desfavorecidas de Andalucía, para la dinamización de centros de competencias digitales
durante el ejercicio 2024 al amparo de la Orden de 9 de noviembre de 2021. Línea CAPI
Mantenimiento (BOJA núm. 2, de 3 de enero de 2024), se procede a su corrección como
se indica a continuación:
En el resuelve quinto, apartado 2, letra a), donde dice:
22.248,18 euros,
Debe decir:
22.693,15 euros.
En el resuelve quinto, apartado 3, donde dice:
9.554,41 euros,
Considerando que el plazo de presentación de solicitudes establecido en el apartado
tercero del resuelvo cuarto de la Resolución de 26 de diciembre de 2023, de la Agencia
Digital de Andalucía, por la que se convoca la concesión de subvenciones, en régimen de
concurrencia no competitiva, dirigida a entidades asociativas sin ánimo de lucro en zonas
desfavorecidas de Andalucía, para la dinamización de centros de competencias digitales
durante el ejercicio 2024 al amparo de la Orden de 9 de noviembre de 2021. Línea
CAPI Mantenimiento, está próximo a su finalización, de conformidad con el artículo 32
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, procede su ampliación en cinco días hábiles.
El órgano competente para adoptar la presente resolución es la persona titular
de la Dirección Gerencia de la Agencia Digital de Andalucía, de conformidad con lo
establecido en el artículo 115.1 del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de
Andalucía y la disposición adicional única de la Orden de 9 de noviembre de 2021, que
delega en la persona titular de la Dirección Gerencia de la Agencia Digital de Andalucía
la competencia para efectuar las convocatorias de las subvenciones que se regulan en la
misma, así como según lo dispuesto en los Estatutos de la Agencia Digital de Andalucía,
aprobados mediante Decreto 128/2021, de 30 de marzo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00295384
Debe decir: 9.109,44 euros.
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