Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Junta de Andalucía en el día 31-05-2024
Disposiciones generales. (2024/507-1)
Orden de 23 de mayo de 2024, por la que se modifica la Orden de 19 de junio de 2023, por la que se efectúa la convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a municipios de Andalucía con población entre 50.000 y 100.000 habitantes, para la realización de actuaciones en el marco del Plan de Impulso al Medio Ambiente Cambio Climático, y se aprueban las bases reguladoras para su concesión.
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Orden de 23 de mayo de 2024, por la que se modifica la Orden de 19 de junio de 2023, por la que se efectúa la convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a municipios de Andalucía con población entre 50.000 y 100.000 habitantes, para la realización de actuaciones en el marco del Plan de Impulso al Medio Ambiente Cambio Climático, y se aprueban las bases reguladoras para su concesión.Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 7 - Viernes, 31 de mayo de 2024
página 45707/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE SOSTENIBILIDAD, MEDIO AMBIENTE
Y ECONOMÍA AZUL
Mediante la Orden de 19 de junio de 2023, de la Consejería de Sostenibilidad, Medio
Ambiente y Economía Azul, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
número 119, de 23 de junio de 2023, se efectúa la convocatoria para la concesión de
subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a municipios
de Andalucía con población entre 50.000 y 100.000 habitantes, para la realización de
actuaciones en el marco del Plan de Impulso al Medio Ambiente (en adelante PIMA)
Cambio Climático, y se aprueban las bases reguladoras para su concesión.
El objetivo de estas subvenciones en el marco del PIMA Cambio Climático es
fomentar y apoyar la lucha contra el cambio climático en el espacio urbano y periurbano,
potenciando las sinergias entre las estrategias de adaptación y mitigación en la lucha
frente al cambio climático.
Los Planes de Impulso al Medio Ambiente, promovidos desde el Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, al amparo de las competencias específicas
del Estado sobre legislación básica en materia de protección al medio ambiente, han
supuesto en España, a través de diversas convocatorias, la puesta en marcha de acciones
de lucha contra el cambio climático. En particular, el Plan PIMA Cambio Climático, tiene
como objetivo el de promover acciones orientadas a mejorar la capacidad adaptativa
en el espacio urbano y periurbano, incluidas en las competencias asumidas por las
Administraciones autonómicas, entidades locales y municipios, en virtud del artículo 148.1
de la Constitución Española. Por ello, corresponde a las Comunidades Autónomas
realizar las convocatorias que recojan los objetivos del PIMA Cambio Climático y que
definan sus criterios de elegibilidad.
Sus condiciones y respectivas dotaciones presupuestarias se determinaron en la
reunión del Consejo de Ministros celebrada el día 27 de octubre de 2020, que recoge
el Acuerdo por el que se aprueba la distribución territorial definitiva de los créditos
presupuestarios correspondientes a los criterios objetivos y acuerdos fijados en la
Conferencia Sectorial de Medio Ambiente, celebrada el 21 de septiembre de 2020. Tanto
la fórmula de gestión de los fondos por parte de las Comunidades Autónomas, como los
plazos establecidos para las diferentes fases de desarrollo del PIMA Cambio Climático se
fijaron en la citada Conferencia Sectorial de fecha del 21 de septiembre de 2020.
En concreto, se fijó el plazo administrativo que establece el último hito, correspondiente
al envío a la Oficina Española de Cambio Climático (en adelante, OECC) del informe
justificativo final de las actuaciones realizadas, con plazo de tres meses a partir de la
fecha de finalización del PIMA Cambio Climático, fijada el 28 de octubre de 2024.
Posteriormente, se acordó la supresión de plazos e hitos intermedios del Plan PIMA
Cambio Climático, en la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente celebrada en fecha 20
de junio de 2022, no afectando estas modificaciones al hito final ni a la fecha de finalización
del PIMA Cambio Climático, que, como se ha señalado, ha quedado establecida en el 28
de octubre de 2024, pudiendo prorrogarse dicho plazo hasta 6 meses, previa solicitud a
la Oficina Española de Cambio Climático.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00302657
Orden de 23 de mayo de 2024, por la que se modifica la Orden de 19 de junio de
2023, por la que se efectúa la convocatoria para la concesión de subvenciones
en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a municipios de
Andalucía con población entre 50.000 y 100.000 habitantes, para la realización
de actuaciones en el marco del Plan de Impulso al Medio Ambiente Cambio
Climático, y se aprueban las bases reguladoras para su concesión.