Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Junta de Andalucía en el día 21-06-2024
Disposiciones generales. . (2024/120-3)
Resolución de 12 de junio de 2024, de la Dirección General de Atención Sociosanitaria, Salud Mental y Adicciones, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos de ayuda mutua y atención integral a personas vulnerables en el ámbito de la salud.
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Resolución de 12 de junio de 2024, de la Dirección General de Atención Sociosanitaria, Salud Mental y Adicciones, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos de ayuda mutua y atención integral a personas vulnerables en el ámbito de la salud.Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 120 - Viernes, 21 de junio de 2024
página 46769/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO
Resolución de 12 de junio de 2024, de la Dirección General de Atención
Sociosanitaria, Salud Mental y Adicciones, por la que se convocan subvenciones
en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos de ayuda mutua y
atención integral a personas vulnerables en el ámbito de la salud.
Mediante Orden de 8 de marzo de 2024, de la Consejería de Salud y Consumo, se
aprobaron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de
concurrencia competitiva, para proyectos de ayuda mutua y atención integral a personas
vulnerables en el ámbito de la salud (BOJA núm. 51, de 13 de marzo).
De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional primera de la citada orden,
en relación con el Decreto 156/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Salud y Consumo (BOJA núm. 28, de 11 de agosto),
RESU ELVO
Primero. Objeto y período de ejecución.
1. Convocar subvenciones para la financiación de proyectos de ayuda mutua y
atención integral a personas vulnerables en el ámbito de la salud, por el procedimiento de
concurrencia competitiva, de conformidad con lo establecido en la Orden de 8 de marzo
de 2024.
2. Los proyectos presentados para esta convocatoria deberán tener un periodo de
ejecución comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024, sin perjuicio de
la posibilidad de ampliación de dicho plazo de ejecución, más allá del 31 de diciembre,
si se dan las circunstancias específicas, que como consecuencia de la alteración de las
condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención, podrán dar lugar a
la modificación de la resolución de concesión, según el procedimiento expuesto en el
apartado 21 de las citadas bases reguladoras.
Tercero. Conceptos subvencionables.
Los conceptos subvencionables de la presente convocatoria, al amparo de la Orden
de 8 de marzo de 2024, serán los establecidos en el apartado 2.a) de los Cuadros
Resumen correspondientes a cada una de las siguientes líneas de subvenciones:
Línea 1. Subvenciones dirigidas al desarrollo de proyectos de ayuda mutua y atención
integral a personas con enfermedades o trastornos discapacitantes o potencialmente
discapacitantes, a las personas que las cuidan y a sus familias, con el propósito de mejorar
el manejo de su trastorno o enfermedad, aumentar la capacidad de afrontarla, promover
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00303718
Segundo. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras aprobadas mediante
la Orden de 8 de marzo de 2024, de la Consejera de Salud y Consumo, por la que se
aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de
concurrencia competitiva, para proyectos de ayuda mutua y atención integral a personas
vulnerables en el ámbito de la salud (BOJA núm. 51, de 13 de marzo de 2024), que están
integradas por el texto articulado aprobado por la Orden de 20 de diciembre de 2019, por
la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración
de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia
competitiva (en adelante bases reguladoras tipo).
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