Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Junta de Andalucía en el día 30-10-2024
Disposiciones generales. (2024/212-1)
Resolución de 25 de octubre de 2024, de la Dirección General de Protección Social y Barriadas de Actuación Preferente, por la que se complementa y modifica la Resolución de 21 de junio de 2024 de esta Dirección General por la que se establece la coordinación para el acceso y derivación al Programa de Asistencia Material Básica durante el periodo transitorio regulado mediante el Real Decreto 93/2024, de 23 de enero, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la entidad social Cruz Roja Española para la puesta en marcha durante el año 2024 del Programa del Fondo Social Europeo Plus de Asistencia Material Básica (Programa Básico).
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Resolución de 25 de octubre de 2024, de la Dirección General de Protección Social y Barriadas de Actuación Preferente, por la que se complementa y modifica la Resolución de 21 de junio de 2024 de esta Dirección General por la que se establece la coordinación para el acceso y derivación al Programa de Asistencia Material Básica durante el periodo transitorio regulado mediante el Real Decreto 93/2024, de 23 de enero, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la entidad social Cruz Roja Española para la puesta en marcha durante el año 2024 del Programa del Fondo Social Europeo Plus de Asistencia Material Básica (Programa Básico).Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 212 - Miércoles, 30 de octubre de 2024
página 53193/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD
En virtud del Decreto 161/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, que
determina que es la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad a quien
RESOLUCIÓN
DE LAademás
DIRECCIÓN
PROTECCIÓN
SOCIAL26
Y de
BARRIADAS
DE ACTUACIÓN
corresponde,
de lasGENERAL
funcionesDE
asignadas
en el artículo
la Ley 9/2007,
de
PREFERENTE
POR
LA
QUE
SE
COMPLEMENTA
Y
MODIFICA
LA
RESOLUCIÓN
DE
21
DE
JUNIO
DE 2024 DE
22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, una serie de competencias
ESTA DIRECCIÓN
GENERAL
POR
LA QUE de
SE las
ESTABLECE
LA COORDINACIÓN
EL ACCESO Y
entre las cuales
destaca
el desarrollo
políticas específicas
en materia PARA
de inclusión
DERIVACIÓN
PROGRAMA DEen
ASISTENCIA
MATERIAL BÁSICA
DURANTE
PERIODO
TRANSITORIO
social AL
y concretamente,
base a lo establecido
en su artículo
8.a),ELque
contempla
la
REGULADO
MEDIANTE
EL «La
REALcoordinación,
DECRETO 93/2024,
DE 23 desarrollo
DE ENERO,y POR
EL QUE de
SE REGULA
LA
competencia
para
planificación,
seguimiento
los
CONCESIÓN
DIRECTA
DE UNA
SUBVENCIÓN
LA instrumentos
ENTIDAD SOCIAL
CRUZ ROJA la
ESPAÑOLA
Servicios
Sociales
Comunitarios
y de Asus
de financiación»,
DirecciónPARA LA
de Protección
Social
y Barriadas
de PROGRAMA
Actuación Preferente,
dictó
la Resolución
dePLUS DE
PUESTAGeneral
EN MARCHA
DURANTE
EL AÑO
2024 DEL
DEL FONDO
SOCIAL
EUROPEO
21
de
junio
de
2024
(BOJA
núm.
126,
de
1
de
julio)
con
objeto
de
coordinar
la
derivación
por
ASISTENCIA MATERIAL BÁSICA (PROGRAMA BÁSICO).
los Servicios Sociales Comunitarios de las familias con menores a su cargo susceptibles
de participar en el Programa Básico, por haber acreditado los requisitos establecidos en
En virtud
Decreto
161/2022,
9 deRoja
agosto,
por el que
se establece
orgánica
de la Consejería
el del
mismo,
a la
entidad de
Cruz
Española,
beneficiaria
delalaestructura
subvención
excepcional
de Inclusión
Social,
Juventud,
Familias
e
Igualdad,
que
determina
que
es
la
Consejería
de
Inclusión
concedida para el inicio del programa en 2024, según el artículo 4.1.d) del Real Decreto Social,
Juventud,
Familias
Igualdad
a quien
denormativo
las funciones
asignadasen
enlaelparte
artículo 26 de
93/2024,
dee23
de enero,
todo corresponde,
ello en base alademás
contexto
desarrollado
la Ley 9/2007,
de 22
octubre,
de la Administración
de la Junta de Andalucía, una serie de competencias
expositiva
dede
la citada
resolución
de coordinación.
El apartado
segundo
del resuelvo
de la específicas
citada Resolución
de 21dedeinclusión
junio de social y
entre las cuales
destaca
el desarrollo
de lassexto
políticas
en materia
2024 establece
objeto de en
alcanzar
el mayor
de familias
beneficiarias, para «La
concretamente,
en baseque,
a locon
establecido
su artículo
8.a), número
que contempla
la competencia
la asignación
efectuada
a las diferentes
Diputaciones
y Municipios
de másy de sus
coordinación,
planificación,
desarrollo
y seguimiento
de los Provinciales
Servicios Sociales
Comunitarios
de
veinte
mil
habitantes
recogidas
en
el
anexo
de
la
misma,
podría
ser
revisada,
ajustada
instrumentos de financiación», la Dirección General de Protección Social y Barriadas de Actuación Preferente,
reasignada
la junio
Dirección
General
y Barriadas
de Actuación
dictó layResolución
depor
21 de
de 2024
(BOJA de
n.º Protección
126 de 1 de Social
julio) con
objeto de coordinar
la derivación
Preferente.
Continúa
recogiendo
el
apartado
segundo
del
resuelvo
séptimo
que adepartir
por los Servicios Sociales Comunitarios de las familias con menores a su cargo susceptibles
participar en
del 15BÁSICO,
de octubre
de 2024,
se procederá
a unaestablecidos
revisión y redistribución,
su caso,Cruz Roja
el Programa
por haber
acreditado
los requisitos
en el mismo, aen
la entidad
del crédito no consumido con objeto de optimizar la finalidad del Programa, pudiendo
Española, beneficiara de la subvención excepcional concedida para el inicio del programa en 2024, según el
efectuarse en tal caso nuevas derivaciones hasta el 30 de noviembre de 2024, para que
artículo 4.1.d) del Real Decreto 93/2024, de 23 de enero, todo ello en base al contexto normativo desarrollado
la entidad Cruz Roja Española pueda efectuar el reparto de las tarjetas a las personas
en la parte expositiva de la citada Resolución de Coordinación.
beneficiarias del Programa.
transcurrido
dichade
fecha,
se ha
constatado
quedede
la cantidad
asignada que, con
El apartadoHabiendo
segundo del
resuelvo sexto
la citada
Resolución
de 21
junio
de 2024 establece
a
esta
Comunidad
Autónoma,
por
importe
de
18.969.840,11
euros,
se
ha
consumido
objeto de alcanzar el mayor número de familias beneficiarias, la asignación efectuada a las diferentes
por lasProvinciales
Entidades yLocales
un total
de 11.984.077,24
euros, porrecogidas
lo que procede
poner
Diputaciones
Municipios
de más
de veinte mil habitantes
en el Anexo
deala misma,
disposición
de
todas
ellas,
la
totalidad
de
la
cuantía
restante
por
importe
de
6.985.762,87
podría ser revisada, ajustada y reasignada por la Dirección General de Protección Social y Barriadas de
euros, con la finalidad de alcanzar a un mayor número de familias con privación material
Actuación Preferente. Continúa recogiendo el apartado segundo del resuelvo séptimo que a partir del 15 de
octubre de 2024, se procederá a una revisión y redistribución, en su caso, del crédito no consumido con
objeto de optimizar la finalidad del Programa, pudiendo efectuarse en tal caso nuevas derivaciones hasta el
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
30 de noviembre de 2024, para que la entidad Cruz Roja Española pueda efectuar el reparto de las tarjetas a
las personas beneficiaras del Programa.
Habiendo transcurrido dicha fecha, se ha constatado que de la cantidad asignada a esta Comunidad
00310142
Resolución de 25 de octubre de 2024, de la Dirección General de Protección
Social y Barriadas de Actuación Preferente, por la que se complementa y
modifica la Resolución de 21 de junio de 2024 de esta Dirección General por
la que se establece la coordinación para el acceso y derivación al Programa de
Asistencia Material Básica durante el periodo transitorio regulado mediante el
Real Decreto 93/2024, de 23 de enero, por el que se regula la concesión directa
de una subvención a la entidad social Cruz Roja Española para la puesta en
marcha durante el año 2024 del Programa del Fondo Social Europeo Plus de
Asistencia Material Básica (Programa Básico).
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