Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Junta de Andalucía en el día 11-11-2024
Disposiciones generales. (2024/219-2)
Orden de 5 de noviembre de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas al fomento del empleo de personas con problemas de adicciones en proceso de incorporación social «Programa Arquímedes».
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Orden de 5 de noviembre de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas al fomento del empleo de personas con problemas de adicciones en proceso de incorporación social «Programa Arquímedes».Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 219 - Lunes, 11 de noviembre de 2024
página 53665/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO
La Ley 4/1997, de 9 de julio, de Prevención y Asistencia en Materia de Adicciones, crea
un marco normativo que recoge, entre otras, un conjunto de medidas destinadas a la
prevención, atención, asistencia y rehabilitación e incorporación social de las personas
con problemas de adicciones.
La Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo, dispone en su artículo 50 que el
Gobierno, y las Comunidades Autónomas adoptarán, de acuerdo con los preceptos
constitucionales y estatutarios, así como con los compromisos asumidos en el ámbito de
la Unión Europea y en las Estrategias Españolas de Apoyo Activo al Empleo, programas
específicos destinados a fomentar el empleo de las personas con especiales dificultades
para el acceso y mantenimiento del empleo y para el desarrollo de su empleabilidad,
con el objeto de promover una atención específica hacia las personas integrantes de los
mismos en la planificación, diseño y ejecución de las políticas de empleo.
Asimismo, la referida ley considera que son colectivos vulnerables de atención
prioritaria, las personas afectadas por drogodependencias y otras adicciones.
El III Plan Andaluz sobre Adicciones vigente, aprobado por Acuerdo del Consejo
de Gobierno, de 19 de abril de 2016, establece como objetivo general 1.º del Área de
Incorporación Social «Favorecer la incorporación social y laboral de las personas con
problemas de drogodependencias y adicciones, mejorando la accesibilidad a los recursos
y programas de incorporación socio-laboral de la Red para las Drogodependencias y
Adicciones en Andalucía desde un análisis de género y prestando especial atención a las
personas más vulnerables, excluidas y/o en riesgo de exclusión social». Como objetivo
general 2.º, se establece en el citado Plan «Impulsar la coordinación entre los diversos
recursos de drogodependencias y adicciones, y de éstos con otras instituciones y agentes
sociales, favoreciendo la accesibilidad a los recursos normalizados/externos a la red para
la atención a las drogodependencias y adicciones y la participación de la sociedad en los
procesos de incorporación social y de reducción de las desigualdades sociales y de género».
En el citado Plan Andaluz sobre Adicciones, se encuentra el Programa Arquímedes,
que tiene como objeto la concesión de subvenciones para promover la contratación
laboral de personas con problemas de adicciones, facilitando el acceso de éstas al
mercado laboral, incentivando su incorporación y estabilidad en el empleo mediante
contratos de trabajo de carácter temporal o indefinido.
En este punto hay que tener en cuenta que el Real Decreto-ley 32/2021, de 18 de
diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en
el empleo y la transformación del mercado de trabajo, ha modificado el Real Decreto
Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley del Estatuto de los Trabajadores, estableciendo su artículo 15 que el contrato de
trabajo se presume concertado por tiempo indefinido y que el contrato de trabajo de
duración determinada solo podrá celebrarse por circunstancias de la producción o por
sustitución de persona trabajadora. Para que se entienda que concurre causa justificada
de temporalidad será necesario que se especifiquen con precisión en el contrato la causa
habilitante de la contratación temporal, las circunstancias concretas que la justifican y su
conexión con la duración prevista.
Por otro lado, el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) 2021-2027, establece en la
Prioridad 2.v «Inclusión Social y lucha contra la pobreza», en concreto en el Objetivo
Específico ESO 4.8.h) «Fomentar la inclusión activa al objeto de promover la igualdad de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00310613
Orden de 5 de noviembre de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva
dirigidas al fomento del empleo de personas con problemas de adicciones en
proceso de incorporación social «Programa Arquímedes».
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