Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Junta de Andalucía en el día 02-12-2024

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Boletín Oficial Junta de Andalucía
02/12/2024 Ayudas

Disposiciones generales. (2024/234-1)

Acuerdo de 26 de noviembre de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se sustituye el control previo de los expedientes de gasto de determinadas subvenciones por el control financiero permanente.

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Acuerdo de 26 de noviembre de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se sustituye el control previo de los expedientes de gasto de determinadas subvenciones por el control financiero permanente.
Página 1 del anuncio BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 234 - Lunes, 2 de diciembre de 2024

página 54956/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS

Los artículos 93.2 y 94.2 del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública
de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo,
establecen que, en sustitución del control previo, por Acuerdo del Consejo de Gobierno
podrá establecerse el sometimiento a control financiero permanente de determinados
gastos, órganos y servicios en los que se considere adecuada dicha fórmula de control.
El año hidrológico 2023-2024, que abarca el periodo comprendido entre el 1 de
octubre de 2023 y el 30 de septiembre de 2024, comenzó en Andalucía con una
pluviometría aceptable, si bien durante el invierno las precipitaciones estuvieron muy
por debajo de la media histórica, y no fue hasta el mes de marzo de 2024 cuando
se produjeron abundantes precipitaciones si bien estas estuvieron concentradas
fundamentalmente en la zona occidental de Andalucía, por lo que algunas comarcas del
oriente andaluz siguieron en situación de sequía extrema, con una importante reducción
de precipitaciones con respecto a la media de años anteriores, no alcanzando en algunos
casos los 300 mm de precipitación durante el año agrícola. Esta situación vino a agravar
la falta de precipitaciones registradas en el año hidrológico anterior (2022-2023).
Las consecuencias sobre los cultivos y sobre el ganado han sido completamente
dramáticas, llevando a una situación límite a muchos productores que vienen soportando
excepcionales circunstancias las dos últimas campañas. Todo ello incide seriamente en
la economía de las zonas rurales y al desarrollo de otros sectores de actividad económica
relacionados con la agricultura, así como en la producción de alimentos. A ello hay que
unir la coyuntura que se viene produciendo desde 2022 de incremento de los costes
de producción y la inestabilidad de los mercados de los insumos y productos agrarios
provocados por la situación en Ucrania y en Oriente Medio.
A la vista de estos antecedentes, la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y
Desarrollo Rural ha considerado necesario la concesión de unas ayudas directas, por
importe de 7 millones de euros, a los agricultores y ganaderos dedicados a aquellos
sectores especialmente afectados por la sequía, y cuyas explotaciones se encuentren
localizadas en las Comarcas de Los Vélez, Alto Almanzora, Bajo Almanzora, Río
Nacimiento, Campo de Tabernas y Campo de Níjar y Bajo Andarax en la provincia de
Almería; y las comarcas de Baza y Huéscar en la provincia de Granada. Dichas ayudas
son las contempladas en la Orden de 25 de noviembre de 2024 a la que se refiere el
presente acuerdo.
Esta medida permitirá contribuir al mantenimiento de la actividad agraria en las
explotaciones afectadas, permitiendo el mantenimiento de empleo agrario y la revitalización
de la economía local de las Comarcas especialmente afectadas por la sequía.
Debe tenerse en cuenta que el número de beneficiarios esperados para esta medida
es de 6.992, 5.878 en la línea de ayudas al sector agrario y 1.120 en las ganaderas, lo
cual supondría un número muy elevado de expedientes a someter a fiscalización previa.
Así pues, el escaso riesgo que se desprende de la tramitación 100% automatizada de
estas ayudas, unido al elevado número de expedientes a fiscalizar, junto con el escaso
tiempo para poder llevar a cabo estas tareas de fiscalización previa, hacen aconsejable la
realización de un control posterior de las mismas.
Por las razones expuestas queda suficientemente motivada la sustitución del control
previo de las subvenciones reguladas en la Orden de 25 de noviembre de 2024 citada,
por el control financiero permanente, sin merma en el control de las mismas por parte de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00311902

Acuerdo de 26 de noviembre de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que
se sustituye el control previo de los expedientes de gasto de determinadas
subvenciones por el control financiero permanente.

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