Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Junta de Andalucía en el día 02-01-2025
Disposiciones generales. (2025/1-7)
Resolución de 11 de diciembre de 2024, de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convoca para el año 2025, el procedimiento de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la promoción del tejido profesional del flamenco en Andalucía.
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Resolución de 11 de diciembre de 2024, de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convoca para el año 2025, el procedimiento de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la promoción del tejido profesional del flamenco en Andalucía.Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 1 - Jueves, 2 de enero de 2025
página 55868/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE
La Orden de 24 de marzo de 2017 (BOJA núm. 60, de 29 de marzo), de la Consejería
de Cultura (actual Consejería de Cultura y Deporte conforme al Decreto del Presidente
6/2024, de 29 de julio, sobre reestructuración de Consejerías), regula, en el ámbito
competencial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la concesión de subvenciones
en régimen de concurrencia competitiva para la promoción del tejido profesional del
flamenco en Andalucía. Dicha orden se ajusta a la Orden de 5 de octubre de 2015, de
la entonces Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que se aprueban
las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de
Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva.
La Agencia Andaluza de Instituciones Culturales es una agencia pública empresarial de
las previstas en el artículo 68.1.b) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración
de la Junta de Andalucía, adscrita como entidad instrumental a la Consejería de Cultura
y Deporte, a través de la Secretaría General de Innovación Cultural y Museos, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 2.5.d) y 5.4 del Decreto 169/2024, de 26
de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura y
Deporte (BOJA extraordinario núm. 15, de 27 de agosto).
Conforme al artículo 6.2.a) del Decreto 103/2011, de 19 de abril, modificado por
Decreto 13/2023, de 7 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia
Andaluza de Instituciones Culturales, le corresponde a la misma, entre otras, las
funciones de investigación, gestión, producción, fomento, formación y divulgación en
materia de flamenco, a cuyo fin se le atribuye en el artículo 7.1.b) del mismo decreto la
facultad de convocar, tramitar y conceder subvenciones y ayudas y financiar programas,
proyectos y actuaciones.
Asimismo, la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, según el artículo 8.2
de la Ley 4/2023, de 18 de abril, Andaluza del Flamenco, ejercerá sus competencias
en materia de flamenco a través del Instituto Andaluz del Flamenco, que es una unidad
administrativa que se inserta dentro de su estructura organizativa y directiva, sin perjuicio
de las funciones estatutariamente atribuidas a otros órganos de la Agencia.
La Ley 4/2023, de 18 de abril, en su artículo 13, establece que el Consejo de Gobierno
aprobará un Plan General Estratégico del Flamenco, que constituirá el instrumento básico
y esencial en la ordenación de los recursos del flamenco en Andalucía y que cuenta
entre sus objetivos generar un nuevo compromiso para la promoción del flamenco dentro
y fuera de Andalucía, favoreciendo además su crecimiento mediante el apoyo al tejido
profesional.
En atención a tal previsión se ha dictado el Acuerdo de 19 de noviembre de 2024, del
Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la formulación del Plan General Estratégico
del Flamenco, habilitándose en su apartado sexto a la persona titular de la Consejería
competente en materia de cultura y patrimonio histórico para la ejecución y desarrollo de
dicho acuerdo.
Con la finalidad de apoyar al tejido profesional del flamenco, procede la Agencia a
tramitar de forma anticipada la presente convocatoria de subvenciones que se articula en
base a la necesidad de facilitar la tramitación de estas ayudas, de modo que se garantice
el normal desarrollo de la actividad que se fomenta, así como la sostenibilidad del sector
al que dichas subvenciones van destinadas. Con esta anticipación, la expectativa es que
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00312814
Resolución de 11 de diciembre de 2024, de la Agencia Andaluza de Instituciones
Culturales, por la que se convoca para el año 2025, el procedimiento de
concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la
promoción del tejido profesional del flamenco en Andalucía.
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Extracto de la Resolución de 11 de diciembre de 2024, de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convoca para el año 2025 el procedimiento de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la promoción del tejido profesional del flamenco en Andalucía.
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