Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Junta de Andalucía en el día 29-01-2025
Disposiciones generales. (2025/19-1)
Resolución de 24 de enero de 2025, de la Dirección de la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se determina la dotación presupuestaria global máxima, y la distribución presupuestaria por tipología de proyectos, destinada en el ejercicio 2025 a la financiación de las subvenciones reguladas en la Orden de 24 de julio de 2020, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, por la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo, a las Universidades de Andalucía para la financiación de proyectos de cooperación internacional para el desarrollo.
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Resolución de 24 de enero de 2025, de la Dirección de la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se determina la dotación presupuestaria global máxima, y la distribución presupuestaria por tipología de proyectos, destinada en el ejercicio 2025 a la financiación de las subvenciones reguladas en la Orden de 24 de julio de 2020, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, por la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo, a las Universidades de Andalucía para la financiación de proyectos de cooperación internacional para el desarrollo.Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 19 - Miércoles, 29 de enero de 2025
página 1075/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD
En el artículo 3.j) del Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades, aprobado
mediante Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, se dispone que uno de los principios
informadores y objetivos del sistema universitario andaluz se refiere a la cooperación
solidaria en el contexto mundial.
Asimismo, en el artículo 17 de la Ley 14/2003, de 22 de diciembre, de Cooperación
Internacional para el Desarrollo, se reconoce a las universidades como uno de los agentes
de la cooperación internacional para el desarrollo en Andalucía, constituyéndose, por
tanto, la universidad como interlocutor de la Administración de la Junta de Andalucía en
materia de cooperación para el desarrollo. En su condición de agente de la cooperación
internacional para el desarrollo que opera en Andalucía, y de acuerdo con lo establecido
en el artículo 13.2 de la precitada Ley 14/2003, de 22 de diciembre, los representantes
de las universidades andaluzas forman parte del Consejo Andaluz de Cooperación
Internacional para el Desarrollo.
Conforme se recoge en el artículo 20.1 de la precitada Ley 14/2003, de 22 de diciembre,
la Administración de la Junta de Andalucía podrá conceder ayudas y subvenciones a los
agentes de la cooperación internacional para el desarrollo en Andalucía para la ejecución
de programas y proyectos de cooperación en ese ámbito.
La Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo, creada
mediante la Ley 2/2006, de 16 de mayo, tiene como objetivo la gestión de los recursos
públicos que la Administración de la Junta de Andalucía destina a la cooperación
internacional para el desarrollo, contribuyendo al cumplimiento de los específicos
objetivos que aquélla debe perseguir con su actuación en esta materia.
Mediante Orden de 24 de julio de 2020, publicada en el BOJA núm. 146, de 30 de
julio de 2020, se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones,
en régimen de concurrencia competitiva, por la Agencia Andaluza de Cooperación
Internacional para el Desarrollo, a las Universidades de Andalucía para la financiación de
proyectos de cooperación internacional para el desarrollo, en adelante orden reguladora.
El artículo 1.5, primer párrafo, de la orden reguladora dispone que en el inicio de cada
ejercicio económico, una vez aprobada la Ley anual de Presupuestos de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, por resolución de la Dirección de la Agencia Andaluza de
Cooperación Internacional para el Desarrollo, que será publicada en el BOJA, se
determinará la dotación presupuestaria global máxima que se destinará a la financiación
de las subvenciones reguladas por dicha orden. La resolución contendrá, con carácter
estimativo, la distribución presupuestaria por tipología de los proyectos y, dentro de
éstas, en su caso, las estimaciones por compromisos contenidos en el Plan Andaluz de
Cooperación para el Desarrollo, sin que en ningún caso se supere el importe máximo
global. En consecuencia, la dotación presupuestaria asignada a una tipología que no
resulte comprometida podrá acumularse a otra tipología.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00314685
Resolución de 24 de enero de 2025, de la Dirección de la Agencia Andaluza
de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se determina la
dotación presupuestaria global máxima, y la distribución presupuestaria por
tipología de proyectos, destinada en el ejercicio 2025 a la financiación de
las subvenciones reguladas en la Orden de 24 de julio de 2020, por la que
se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en
régimen de concurrencia competitiva, por la Agencia Andaluza de Cooperación
Internacional para el Desarrollo, a las Universidades de Andalucía para la
financiación de proyectos de cooperación internacional para el desarrollo.
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