Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Junta de Andalucía en el día 20-03-2025
Disposiciones generales. (2025/54-3)
Resolución de 14 de marzo de 2025, de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se incrementa el crédito presupuestario asignado a la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a la producción de proyectos de largometrajes, de documentales y de otras obras audiovisuales en Andalucía que se lleva a cabo mediante Resolución de 11 de diciembre de 2024, de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales.
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Resolución de 14 de marzo de 2025, de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se incrementa el crédito presupuestario asignado a la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a la producción de proyectos de largometrajes, de documentales y de otras obras audiovisuales en Andalucía que se lleva a cabo mediante Resolución de 11 de diciembre de 2024, de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales.Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 54 - Jueves, 20 de marzo de 2025
página 3897/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE
Resolución de 14 de marzo de 2025, de la Dirección de la Agencia Andaluza
de Instituciones Culturales, por la que se incrementa el crédito presupuestario
asignado a la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia
competitiva, a la producción de proyectos de largometrajes, de documentales
y de otras obras audiovisuales en Andalucía que se lleva a cabo mediante
Resolución de 11 de diciembre de 2024, de la Dirección de la Agencia Andaluza
de Instituciones Culturales.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN
Línea 1: Producción de proyectos de largometrajes
de ficción o animación y películas para la televisión
dirigidos por nuevos realizadores o realizadoras
que se inician en el campo de la realización que
promuevan el talento creativo
Línea 2: Producción de proyectos de largometrajes
de ficción o animación y películas para la televisión
Línea 3: Producción de proyectos de documentales
TOTAL POR ANUALIDADES
2025
2026
2027
Dotación total por
línea
140.000,00 €
210.000,00 €
350.000,00 €
700.000,00 €
220.000,00 €
330.000,00 €
550.000,00 €
1.100.000,00 €
83.000,00 €
443.000,00 €
124.500,00 €
664.500,00 €
207.500,00 €
1.107.500,00 €
415.000,00 €
2.215.000,00 €
En la Ley 7/2024, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma
de Andalucía para el año 2025 (Boja núm. 251, de 30 de diciembre), se establecía en
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00317502
Por Resolución de 11 de diciembre de 2024 (Boja núm. 246, de 20 de diciembre) de la
Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, se convoca para el año 2025,
el procedimiento de concesión de subvenciones reguladas por la Orden de 11 de mayo de
2022 (Boja núm. 96, de 23 de mayo), por la que se establecen las bases reguladoras de
concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a la producción de
proyectos de largometrajes, de documentales y de otras obras audiovisuales en Andalucía,
en las siguientes líneas:
a) Línea 1: Producción de proyectos de largometrajes de ficción o animación y
películas para la televisión dirigidos por nuevos realizadores o realizadoras que se inician
en el campo de la realización que promuevan el talento creativo.
b) Línea 2: Producción de proyectos de largometrajes de ficción o animación y
películas para la televisión.
c) Línea 3: Producción de proyectos de documentales.
En el punto 2.1 del apartado segundo de la resolución de convocatoria se establecía:
La financiación de estas ayudas se imputará a los créditos del Capítulo IV del
presupuesto de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, y se harán efectivas
con cargo a la partida presupuestaria 1651010000 G/45E/47001/00 01, con una dotación
global máxima de 1.800.000,00 euros para las Líneas 1 y 2, autorizándose un crédito de
700.000,00 euros para la Línea 1 y un crédito de 1.100.000,00 euros para la Línea 2 y con
una dotación global máxima de 415.000,00 euros para la Línea 3, estando su concesión
limitada por las disponibilidades presupuestarias existentes en cada ejercicio y teniendo
su efectividad en caja en las anualidades 2025, 2026 y 2027.
Los gastos se devengarán, como máximo, anualmente en función de la ejecución
real de los proyectos, así como la planificación financiera de los desembolsos a realizar,
que se han planteado atendiendo al horizonte temporal antes reseñado y al grado de
maduración de los proyectos, asumiéndose los compromisos de gasto de carácter
plurianual conforme a la distribución por anualidades e importes que para cada línea se
establecen, con el siguiente detalle:
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