Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Junta de Andalucía en el día 12-06-2025
Disposiciones generales. (2025/111-6)
Extracto de la Resolución de 29 de mayo de 2025, de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convoca para el año 2025, el procedimiento de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la promoción del tejido asociativo del flamenco en Andalucía al amparo de la Orden de 21 de marzo de 2018 (BOJA núm. 61, de 28 de marzo).
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Extracto de la Resolución de 29 de mayo de 2025, de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convoca para el año 2025, el procedimiento de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la promoción del tejido asociativo del flamenco en Andalucía al amparo de la Orden de 21 de marzo de 2018 (BOJA núm. 61, de 28 de marzo).Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 111 - Jueves, 12 de junio de 2025
página 8338/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE
Extracto de la Resolución de 29 de mayo de 2025, de la Dirección de la Agencia
Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convoca para el año 2025,
el procedimiento de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia
competitiva, para la promoción del tejido asociativo del flamenco en Andalucía al
amparo de la Orden de 21 de marzo de 2018 (BOJA núm. 61, de 28 de marzo).
BDNS (Identificación): 836475.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, se publica el Extracto de la convocatoria del
procedimiento de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva,
para la promoción del tejido asociativo del flamenco en Andalucía, cuyo texto completo
puede consultarse en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas
Públicas (SNPSAP) (http://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/es/index), en el Catálogo
de Procedimientos y Servicios de la Administración de la Junta de Andalucía
(https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/14146),
en la página web de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales
https://juntadeandalucia.es/organismos/aaic/areas/ayudas-sector/flamenco/tejidoasociativo.html
y en el presente Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Primero. Convocatoria y financiación.
Se convoca, en el ámbito de la Consejería de Cultura y Deporte (Agencia Andaluza
de Instituciones Culturales) en el ejercicio 2025, en régimen de concurrencia competitiva,
el procedimiento de concesión de subvenciones para la promoción del tejido asociativo
del flamenco en Andalucía.
La financiación de estas ayudas se imputará a los créditos del capítulo IV del
presupuesto de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, y se harán efectivas
con cargo a la partida presupuestaria 1951010000 G/45E/48003/00 01, en la cuantía total
máxima de 65.000,00 euros. Dicha cuantía se distribuirá en dos anualidades atribuyendo
el 50% a cada una de ellas, es decir, 32.500,00 euros con efectividad en caja en 2025 y
32.500,00 euros en 2026.
Tercero. Objeto.
Es objeto de la presente convocatoria, la promoción del tejido asociativo del flamenco
en Andalucía, mediante el apoyo a las actividades que se desarrollen por las asociaciones
y personas jurídicas sin ánimo de lucro y que estén relacionadas con la promoción, la
divulgación y el conocimiento del flamenco como elemento de la cultura andaluza.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00321937
Segundo. Beneficiarios.
Podrán solicitar las subvenciones objeto de la presente convocatoria las asociaciones
y demás personas jurídicas sin ánimo de lucro legalmente constituidas.
Quedan expresamente excluidas las federaciones de asociaciones.
Las entidades solicitantes deberán tener entre sus fines estatutarios el desarrollo y
promoción de actividades que contribuyan a la promoción y divulgación del flamenco,
estar inscritas en el Registro Público de Andalucía que corresponda en función de su
naturaleza jurídica y tener domicilio social en Andalucía.
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