Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Junta de Andalucía en el día 27-06-2025
Disposiciones generales. (2025/122-2)
Orden de 19 de junio de 2025, por la que se convocan las ayudas para inversiones en comercialización y transformación de los productos pesqueros y acuícolas, durante el periodo de ejecución del marco del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027, al amparo de la normativa que se cita.
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Orden de 19 de junio de 2025, por la que se convocan las ayudas para inversiones en comercialización y transformación de los productos pesqueros y acuícolas, durante el periodo de ejecución del marco del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027, al amparo de la normativa que se cita.Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 122 - Viernes, 27 de junio de 2025
página 9115/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Orden de 19 de junio de 2025, por la que se convocan las ayudas para inversiones
en comercialización y transformación de los productos pesqueros y acuícolas,
durante el periodo de ejecución del marco del Fondo Europeo Marítimo, de
Pesca y de Acuicultura 2021-2027, al amparo de la normativa que se cita.
Por todo lo expuesto, considerando oportuno proceder a la convocatoria de estas
subvenciones y en virtud de la competencia que me confiere el Decreto 157/2022, de 9
de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura,
Pesca, Agua y Desarrollo Rural, modificado por el Decreto 165/2024, de 26 de agosto,
y el artículo 115 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la
Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2
de marzo, así como el artículo 35 del Decreto-ley 3/2021, de 16 de febrero, por el que
se adopta medidas de agilización administrativa y racionalización de los recursos para
el impulso a la recuperación y resiliencia en el ámbito de la Comunidad Autónoma de
Andalucía,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00322714
El Fondo Europeo Marítimo, Pesquero y de la Acuicultura (en adelante, FEMPA), regulado
por el Reglamento (UE) núm. 2021/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de
julio de 2021, contempla para el marco financiero plurianual 2021-2027 la concesión de
ayudas encaminadas al cumplimiento de la Política Pesquera Común (en adelante, PPC),
la política marítima de la Unión y los compromisos internacionales de la Unión en el ámbito
de los océanos, constituyendo un instrumento fundamental para la pesca sostenible y la
conservación de los recursos biológicos marinos, para la seguridad alimentaria mediante
el suministro de productos de pescado y marisco, para el crecimiento de una economía
azul sostenible y para unos mares y océanos sanos, protegidos seguros, limpios y
gestionados de manera sostenible, ayudando con ello al logro del Objetivo de Desarrollo
Sostenible 14 de las Naciones Unidas: «Conservar y utilizar sosteniblemente los océanos,
los mares y los recursos marinos».
El FEMPA tiene entre sus prioridades el fomento de actividades sostenibles de
acuicultura, así como la transformación y comercialización de productos de la pesca y
la acuicultura, contribuyendo a la seguridad alimentaria de la Unión. Dentro de dicha
prioridad, el artículo 26.1.b) del citado Reglamento (UE) 2021/1139, del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 7 de julio de 2021, contempla el apoyo financiero a través del
otorgamiento de ayudas a aquellas acciones que contribuyan a los objetivos de la PPC
mediante la transformación los productos de la pesca y la acuicultura.
Como consecuencia de dicha reglamentación, la Consejería de Agricultura, Pesca,
Agua y Desarrollo Rural dicta la Orden de 26 octubre de 2023, por la que se establecen las
bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva
para la promoción, la comercialización y la transformación de los productos pesqueros
y acuícolas en la Comunidad Autónoma de Andalucía al amparo del Programa para
España del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura 2021-2027, encaminadas a
la consecución de la mejora de las inversiones en comercialización y transformación de
los productos pesqueros y acuícolas.
De conformidad con lo previsto en el artículo 23.2 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, así como en el artículo 10 de la citada orden de
bases reguladoras, el procedimiento para la concesión de las citadas ayudas se iniciará
de oficio mediante orden de convocatoria de la Consejería competente en materia de
pesca y acuicultura publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
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