Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Junta de Andalucía en el día 30-07-2025

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Boletín Oficial Junta de Andalucía
30/07/2025 Ayudas

Disposiciones generales. (2025/145-7)

Resolución de 24 de julio de 2025, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se convocan para el año 2025 subvenciones correspondientes a la Línea 6 regulada en la Orden de 5 de octubre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Andalucía.

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Resolución de 24 de julio de 2025, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se convocan para el año 2025 subvenciones correspondientes a la Línea 6 regulada en la Orden de 5 de octubre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Andalucía.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 145 - Miércoles, 30 de julio de 2025
página 10693/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Resolución de 24 de julio de 2025, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad
y Salud Laboral, por la que se convocan para el año 2025 subvenciones
correspondientes a la Línea 6 regulada en la Orden de 5 de octubre de 2020, por
la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones
en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a la conciliación de la vida
personal, familiar y laboral en Andalucía.
Por Orden de 5 de octubre de 2020, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía número 197, de 9 de octubre de 2020, por la que se aprueban las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no
competitiva dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Andalucía
(en adelante bases reguladoras).
De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional primera.3 de las bases
reguladoras, en relación con lo dispuesto en la disposición adicional única de la Orden
de 29 de mayo de 2023, por la que se modifica la Orden de 5 de octubre de 2020, por la
que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen
de concurrencia no competitiva dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y
laboral en Andalucía, la persona titular de la Dirección General de Trabajo, Seguridad
y Salud Laboral de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, es la
competente para efectuar la convocatoria, entre otras, de la línea de ayudas que se regula
en el artículo único.1.f) (Línea 6), en función de las disponibilidades presupuestarias,
mediante resolución que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Con arreglo a lo establecido en el artículo 1.d) del Decreto 155/2022, de 9 de agosto,
por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo
Autónomo, se asignan a esta las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma de
Andalucía sobre las políticas favorecedoras de la igualdad de trato y de oportunidades en el
ámbito laboral, sin perjuicio de las competencias que, en materia de conciliación de la vida
personal, familiar y laboral, correspondan a otra Consejería; promoviendo la mejora de la
empleabilidad de las mujeres y de colectivos con especiales dificultades, su seguridad y salud
en el trabajo, así como la promoción de la igualdad en el marco de la negociación colectiva.
Estas competencias se ejercen a través de la Dirección General de Trabajo, Seguridad
y Salud Laboral a la que, de conformidad con el artículo 8.2.e) del referido decreto le
corresponden, entre otras, la promoción de la conciliación de la vida personal, familiar
y laboral, así como la sensibilización a través de medidas que faciliten el ejercicio de la
misma, en colaboración con la Consejería competente en materia de igualdad.
En este marco competencial, posibilitar la conciliación de la vida personal, familiar y
laboral de las personas trabajadoras, contribuyendo a remover los obstáculos que sobre el
empleo pueden producir las responsabilidades derivadas del ámbito familiar o doméstico, se
configuran como objetivos de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral.
A la vista de lo anterior, así como por lo dispuesto en el Decreto 155/2022, de 9 de
agosto, y lo establecido en la disposición adicional primera.3 de las bases reguladoras,

Primero. Convocatoria.
Se convocan para el año 2025, en régimen de concurrencia no competitiva, las subvenciones
correspondientes a la Línea 6 regulada en la Orden de 5 de octubre de 2020, por la que se
aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00324291

RESU ELVO

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