Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial del Estado en el día 19-04-2024
III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Gastos electorales. Subvenciones. (BOE-A-2024-7877)
Orden HAC/350/2024, de 17 de abril, por la que se fijan las cantidades de las subvenciones a los gastos originados por actividades electorales para las elecciones al Parlamento Europeo de 9 de junio de 2024.
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Orden HAC/350/2024, de 17 de abril, por la que se fijan las cantidades de las subvenciones a los gastos originados por actividades electorales para las elecciones al Parlamento Europeo de 9 de junio de 2024.Núm. 96
Viernes 19 de abril de 2024
Sec. III. Pág. 44164
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE HACIENDA
7877
Orden HAC/350/2024, de 17 de abril, por la que se fijan las cantidades de las
subvenciones a los gastos originados por actividades electorales para las
elecciones al Parlamento Europeo de 9 de junio de 2024.
El Real Decreto 363/2024, de 9 de abril, de convocatoria de elecciones de Diputados
al Parlamento Europeo, establece en su artículo 1 la convocatoria de las citadas
elecciones para su celebración el próximo día 9 de junio de 2024.
La Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, dentro de su
título VI, «Disposiciones especiales para las elecciones al Parlamento Europeo», regula
las cuantías de las subvenciones por los gastos que originen las actividades electorales
en su artículo 227, cuyo apartado 4 indica que «por Orden del Ministerio de Economía y
Hacienda se fijan las cantidades actualizadas en los cinco días siguientes a la
convocatoria de elecciones».
La habilitación al Ministro de Economía y Hacienda, contenida en el citado
artículo 227, debe entenderse realizada actualmente a la Ministra de Hacienda, conforme
al Real Decreto 1230/2023, de 29 de diciembre, por el que se modifica el Real
Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos
ministeriales.
La Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española, cuyo
objetivo principal es establecer una disciplina no indexadora en el ámbito de la
contratación pública, en los precios regulados y, en general, en todas las partidas de
ingresos y de gastos de los presupuestos públicos, estableció, en su artículo 1, que
constituye el objeto de la misma el establecimiento de un régimen basado en que los
valores monetarios no sean modificados en virtud de índices de precios o fórmulas que
lo contengan. Asimismo, según la letra a) del apartado 1 de su artículo 3, lo dispuesto en
esta ley será de aplicación a las revisiones de cualquier valor monetario en cuya
determinación intervenga el sector público.
No obstante lo anterior, el apartado 2 del artículo 5 de la citada Ley 2/2015, relativo al
régimen aplicable a la revisión periódica no predeterminada de valores monetarios, prevé
que, excepcionalmente, la revisión podrá realizarse en función de los precios individuales
e índices específicos de precios que mejor reflejen la evolución de los costes.
En virtud de ello, las subvenciones previstas en los apartados 1 y 2 del artículo 227
de la Ley Orgánica 5/1985 no serían objeto de actualización, en tanto que, a la
subvención prevista en el apartado 3 del citado artículo 227, por el envío directo y
personal a los electores de papeletas, sobres y propaganda electoral, se le aplicaría una
revisión en función de la evolución del índice específico del sector «Actividades postales
y de correos» integrado en el Índice de Precios del Sector Servicios.
En su virtud, dispongo:
Importe de las subvenciones.
De acuerdo con el artículo 227.1 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, en
redacción dada al mismo por la Ley Orgánica 2/2011, de 28 de enero, las cantidades
fijadas para subvencionar los gastos originados por las actividades electorales para las
elecciones al Parlamento Europeo de 9 de junio de 2024, serán las siguientes:
a) Subvención de 32.508,74 euros por cada escaño obtenido.
b) Subvención de 1,08 euros por cada uno de los votos obtenidos por cada
candidatura, uno de cuyos miembros, al menos, hubiera obtenido escaño de Diputado.
cve: BOE-A-2024-7877
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 1.
Otras ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial del Estado del día 19-04-2024
Resolución de 10 de abril de 2024, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con la Fundació de Música Ferrer-Salat, para el desarrollo en 2024 de la II edición del programa de «Becas JONDE y Ferrer-Salat».
Extracto de la Resolución de 12 de abril de 2024, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan ayudas para alumnos con necesidad específica de apoyo educativo para el curso académico 2024-2025
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Extracto de la Resolución de la Secretaría General de Formación Profesional, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el desarrollo de Otros Programas Formativos, adaptados a colectivos con necesidades específicas en las ciudades de Ceuta y Melilla para el ejercicio 2024.
Extracto de la Resolución de 5 de abril de 2024, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas M.P., por la que se convocan becas de introducción a la investigación "JAE Intro", en el marco del Programa «JAE»
Extracto de la Resolución de 12 de abril de 2024 de la Presidencia de la Agencia Estatal de Investigación, por la que se aprueba la convocatoria 2024 de las ayudas para la formación de doctores y doctoras en empresas y otras entidades «Doctorados Industriales».