Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial del Estado en el día 05-05-2025
Ministerio de Cultura. . III. Otras disposiciones. Premios. (BOE-A-2025-8889)
Orden CLT/431/2025, de 14 de abril, por la que se convoca el Premio Nacional de Literatura en la modalidad de Ensayo correspondiente a 2025.
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Orden CLT/431/2025, de 14 de abril, por la que se convoca el Premio Nacional de Literatura en la modalidad de Ensayo correspondiente a 2025.Núm. 108
Lunes 5 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 60119
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE CULTURA
8889
Orden CLT/431/2025, de 14 de abril, por la que se convoca el Premio
Nacional de Literatura en la modalidad de Ensayo correspondiente a 2025.
La Orden de 22 de junio de 1995, por la que se regulan los Premios Nacionales del
Ministerio de Cultura y se convocan los correspondientes al año 1995 establece, en su
apartado primero, la relación de los premios nacionales que se convocarán anualmente
por el Ministerio de Cultura, en distintas actividades culturales, entre los que se
encuentra el Premio Nacional de Literatura en la modalidad de Ensayo.
Asimismo, establece la citada orden que los premios nacionales se otorgarán como
recompensa y reconocimiento a la meritoria labor de los galardonados en cada uno de
los ámbitos culturales, puesta de manifiesto a través de una obra o actuación hecha
pública o representada durante el año previo al de cada convocatoria.
Dentro de la Administración General del Estado, corresponde al Ministerio de Cultura
la promoción, protección y difusión del libro, la lectura y la creación literaria, según
establece el artículo 15.1 del Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se
reestructuran los departamentos ministeriales.
En su virtud, al amparo de lo previsto en el artículo 61.o) de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo:
Convocar el Premio Nacional de Literatura en la modalidad de Ensayo,
correspondiente al año 2025, de conformidad con lo siguiente:
El Premio Nacional de Literatura en la modalidad de Ensayo distinguirá una obra
escrita en este género literario por un autor o autora español, escrita en cualquiera de las
lenguas oficiales españolas, publicada en España en su primera edición entre el 1 de
enero y el 31 de diciembre de 2024, que haya cumplido los requisitos legales
establecidos para su difusión. Se considerará como fecha de publicación la que
aparezca en el área de mención de edición. En caso de no indicarse la fecha en el área
de mención de edición, se tendrá en cuenta la que figure en el número de Depósito
Legal, en el copyright o en otras fuentes del propio libro que acrediten de forma lógica el
año efectivo de su publicación.
El jurado del Premio Nacional de Literatura, en la modalidad de Ensayo, valorará
especialmente aquellas obras que, más allá de la erudición, investigación o recopilación
de carácter fundamentalmente científico o de especialización académica en disciplinas
concretas, destaquen por su creatividad, preocupación por el lenguaje, originalidad de
tratamiento y expresión literaria, características históricas que han convertido al ensayo
en género literario.
Quedan excluidas, con carácter general, las antologías que constituyan una
selección de fragmentos de obras ya publicadas en forma de libro, sólo podrá
considerarse una obra inédita incluida en la antología.
Asimismo en el caso de las denominadas «obras completas» y las recopilaciones de
obras sólo podrá ser tenida en consideración una obra inédita incluida en las «obras
completas» o recopilaciones de obras.
Igualmente, se excluirán las actas de congresos y también quedarán excluidas las
obras colectivas en las que participen más de tres autores o autoras.
No podrán ser susceptibles de ser galardonadas aquellas obras que hayan sido
creadas por inteligencia artificial generativa.
cve: BOE-A-2025-8889
Verificable en https://www.boe.es
Primero. Objeto y finalidad del premio.
Otras ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial del Estado del día 05-05-2025
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