Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial del Estado en el día 14-05-2025
Ministerio de Cultura. . III. Otras disposiciones. Premios. (BOE-A-2025-9458)
Orden CLT/463/2025, de 12 de mayo, por la que se designa el Jurado para la concesión del Premio Nacional al Fomento de la Lectura en sus modalidades de Fomento de la Lectura y de Fomento de la Lectura en los Medios de Comunicación correspondiente a 2025.
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Orden CLT/463/2025, de 12 de mayo, por la que se designa el Jurado para la concesión del Premio Nacional al Fomento de la Lectura en sus modalidades de Fomento de la Lectura y de Fomento de la Lectura en los Medios de Comunicación correspondiente a 2025.Núm. 116
Miércoles 14 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 62952
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE CULTURA
9458
Orden CLT/463/2025, de 12 de mayo, por la que se designa el Jurado para la
concesión del Premio Nacional al Fomento de la Lectura en sus modalidades
de Fomento de la Lectura y de Fomento de la Lectura en los Medios de
Comunicación correspondiente a 2025.
La Orden de 22 de junio de 1995, por la que se regulan los premios nacionales del
Ministerio de Cultura, establece, en su apartado primero, la relación de los premios
nacionales que concede el Departamento, actualmente el Ministerio de Cultura, en
distintas actividades culturales, entre los que se encuentra el Premio Nacional al
Fomento de la Lectura en sus modalidades de Fomento de la Lectura y de Fomento de
la Lectura en los Medios de Comunicación.
Mediante Orden CLT/428/2025, de 14 de abril, se convoca el Premio Nacional al
Fomento de la Lectura en sus modalidades de Fomento de la Lectura y de Fomento de
la Lectura en los Medios de Comunicación correspondiente a 2025, y en su apartado
tercero se establece que el fallo del premio corresponderá a un jurado integrado por un
número de miembros no inferior a cinco ni superior a diecisiete que serán designados
por la persona titular del Ministerio de Cultura, mediante orden ministerial, a propuesta
de la persona titular de la Dirección General del Libro, del Cómic y de la Lectura, en
cumplimiento de lo previsto en el apartado cuarto de la Orden de 22 de junio de 1995.
En su virtud, en atención a cuanto ha quedado expuesto y de acuerdo con la
propuesta de la persona titular de la Dirección General del Libro, del Cómic y de la
Lectura, dispongo:
Primero. Designación del jurado para la concesión del Premio Nacional al Fomento de
la Lectura en sus modalidades de Fomento de la Lectura y de Fomento de la Lectura
en los Medios de Comunicación.
Los miembros del jurado encargado del fallo para la concesión del Premio Nacional
al Fomento de la Lectura, en sus modalidades de Fomento de la Lectura y de Fomento
de la Lectura en los Medios de Comunicación, correspondiente al año 2025, serán los
siguientes:
A propuesta de la Federación de Asociaciones de Periodistas de España
(FAPE): Don Francisco Sierra Hernando.
A propuesta de la Federación de Asociaciones de Radio y Televisión de
España: Doña M.ª de los Ángeles Bermejo López.
A propuesta de la Asociación de Editores de Revistas Culturales de España
(ARCE): Doña María del Carmen Rivera Rodríguez (Maica Rivera).
A propuesta del Consejo Escolar del Estado: Doña Lena Pla Viana.
A propuesta del Instituto de Investigaciones Feministas de la Universidad
Complutense de Madrid: Doña María Bustelo Ruesta.
A propuesta de la Federación de Gremios de Editores de España (FGEE): Don
Fernando Benzo Sáinz.
cve: BOE-A-2025-9458
Verificable en https://www.boe.es
a) Presidencia: corresponderá a la persona titular de la Dirección General del Libro,
del Cómic y de la Lectura o persona en quien delegue.
b) Vicepresidencia: corresponderá a la persona titular de la Subdirección General
de Promoción del Libro, la Lectura y las Letras Españolas.
c) Vocales:
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