Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial del Estado en el día 03-09-2025
Ministerio de Igualdad. . I. Disposiciones generales. Subvenciones. (BOE-A-2025-17511)
Real Decreto 774/2025, de 2 de septiembre, por el que se modifica el Real Decreto 1042/2021, de 23 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Federación Española de Municipios y Provincias para la modernización y ampliación de los dispositivos de atención y protección a las víctimas de violencia machista en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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Real Decreto 774/2025, de 2 de septiembre, por el que se modifica el Real Decreto 1042/2021, de 23 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Federación Española de Municipios y Provincias para la modernización y ampliación de los dispositivos de atención y protección a las víctimas de violencia machista en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.Núm. 212
Miércoles 3 de septiembre de 2025
Sec. I. Pág. 116262
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE IGUALDAD
Real Decreto 774/2025, de 2 de septiembre, por el que se modifica el Real
Decreto 1042/2021, de 23 de noviembre, por el que se regula la concesión
directa de una subvención a la Federación Española de Municipios y
Provincias para la modernización y ampliación de los dispositivos de atención
y protección a las víctimas de violencia machista en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
El Real Decreto 1042/2021, de 23 de noviembre, por el que se regula la concesión directa
de una subvención a la Federación Española de Municipios y Provincias para la
modernización y ampliación de los dispositivos de atención y protección a las víctimas de
violencia machista en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, tiene
por objeto regular la concesión directa de una subvención a la Federación Española de
Municipios y Provincias (FEMP) para el desarrollo del proyecto dirigido a modernizar y ampliar
los servicios de atención telefónica y telemática para apoyar a todas las mujeres víctimas de
violencia machista, de acuerdo con lo previsto en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, en relación con el artículo 28.2 y 3 de la misma ley.
Esta subvención se enmarca entre las medidas que conforman la inversión 4 del
Componente 22 (C22.I4), «Plan España te protege contra la violencia machista».
Esta subvención, como establece el artículo 2 del citado real decreto, está sometida al
Reglamento (UE) número 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero
de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, así como la
normativa interna aplicable a la gestión, seguimiento y control que se establezca para el Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia en España, y a las obligaciones específicas relativas
a la información y publicidad, verificación y demás impuestas por la normativa estatal y de la
Unión Europea. En particular, estará sometida al Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre,
por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y
para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia; y la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre,
por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las
Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento
de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, cuya aplicación será de obligado
cumplimiento. Asimismo, se someterá a las previsiones de la Orden HFP/55/2023, de 24 de
enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que
ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Mediante el Real Decreto 194/2023, de 21 de marzo, se modificó el citado Real
Decreto 1042/2021, de 23 de noviembre, para ampliar el plazo de ejecución de las
actividades objeto de la subvención, dentro de los límites establecidos en el Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, hasta el 31 de diciembre de 2023 y, asimismo,
en consecuencia, se amplió el plazo de justificación de la subvención al 31 de marzo de 2024.
Esta ampliación del plazo de ejecución y de justificación de la subvención se debió a la
necesidad de posibilitar y garantizar una correcta ejecución de los trabajos previstos, en
especial de los relativos a la puesta en marcha de un Centro Estatal de Coordinación del
Servicio de Atención y Protección a las víctimas de violencia machista (CEC-ATENPRO),
toda vez que la disposición final primera del Real Decreto 671/2022, de 1 de agosto, por el
que se regula la concesión directa de una subvención a la Fundación ANAR para desarrollar
actuaciones en materia de prevención integral de la violencia contra las niñas, niños y
adolescentes víctimas de violencia de género y otras formas de violencia contra las mujeres,
cve: BOE-A-2025-17511
Verificable en https://www.boe.es
17511
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