Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial del Estado en el día 11-10-2025
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. . III. Otras disposiciones. Premios. (BOE-A-2025-20350)
Orden CNU/1116/2025, de 6 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los Premios Nacionales de Fin de Carrera de Educación Universitaria.
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Orden CNU/1116/2025, de 6 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los Premios Nacionales de Fin de Carrera de Educación Universitaria.Núm. 245
Sábado 11 de octubre de 2025
Sec. III. Pág. 131279
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES
Orden CNU/1116/2025, de 6 de octubre, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de los Premios Nacionales de Fin de Carrera
de Educación Universitaria.
Los Premios Nacionales de Fin de Carrera de Educación Universitaria fueron
creados con objeto de incentivar y reconocer el rendimiento académico y la excelencia
entre los estudiantes universitarios.
Desde su primera convocatoria, estos Premios Nacionales han sido la forma de
instrumentar la distinción a aquellos estudiantes que han demostrado un mejor
rendimiento académico a lo largo de sus estudios. A lo largo del tiempo se han adaptado
a la evolución de la universidad española y, también, a su proceso de integración en
Espacio Europeo de Educación Superior con medidas tales como la modulación del
número de premios a conceder en las distintas ramas de conocimiento, la articulación de
un sistema que impida la acumulación de Premios en una misma titulación, o la
coexistencia de egresados de las actuales titulaciones de Grado con titulados de Primer
y Segundo Ciclo de la anterior ordenación de enseñanzas universitarias.
La Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario formula, en su
artículo 2 sobre las funciones del sistema universitario, las siguientes, «La educación y
formación del estudiantado a través de la creación, desarrollo, transmisión y evaluación
crítica del conocimiento científico, tecnológico, social, humanístico, artístico y cultural, así
como de las capacidades, competencias y habilidades inherentes al mismo», y «La
generación, desarrollo, difusión, transferencia e intercambio del conocimiento y la
aplicabilidad de la investigación en todos los campos científicos, tecnológicos, sociales,
humanísticos, artísticos y culturales».
Resultaba necesario actualizar el procedimiento de presentación y valoración de las
candidaturas, tanto para garantizar que ningún estudiante con un expediente académico
destacado quede excluido por desconocimiento de la convocatoria, como para agilizar la
concesión de los premios en un plazo breve tras la finalización de los estudios. Con este
fin, a partir de ahora serán las universidades quienes presenten las candidaturas,
proponiendo los expedientes con mejor rendimiento académico. Asimismo, se ha
simplificado el proceso de valoración, limitándolo a los aspectos más objetivos y
representativos que permiten cuantificar de forma precisa la excelencia académica.
La propia naturaleza jurídica de los Premios Nacionales, destinados a distinguir al
alumnado que presenta un mayor nivel de excelencia en el conjunto del territorio
nacional, hace necesario garantizar la concurrencia competitiva en todo el Estado. Por
ello, siguiendo la doctrina del Tribunal Constitucional en su sentencia 13/1992, de 6 de
febrero, con el fin de garantizar iguales posibilidades de obtención y disfrute de los
Premios por parte de sus potenciales destinatarios en todo el territorio nacional, es
indispensable que tanto la convocatoria como la gestión de los Premios se lleve a cabo
de forma centralizada en el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.2.j) del Real Decreto 472/2024 de 7
de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Ciencia,
Innovación y Universidades, corresponde a la Secretaría General de Universidades la
programación, coordinación y gestión administrativa y económico-financiera de
certámenes, premios nacionales, competiciones, programas de prácticas y programas de
ayudas dirigidos a estudiantes o titulados universitarios, para la promoción de la
investigación, el rendimiento académico y el acceso al mercado laboral, así como para
favorecer la educación inclusiva.
cve: BOE-A-2025-20350
Verificable en https://www.boe.es
20350
Otras ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial del Estado del día 11-10-2025
Resolución de 8 de octubre de 2025, de la Subsecretaría, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de 14 de agosto de 2025.
Orden PJC/1114/2025, de 10 de octubre, por la que se convoca la provisión de puestos de trabajo de Directores de los Servicios Comunes por el sistema de libre designación, para el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia.
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