Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial del Estado en el día 13-11-2025

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Boletín Oficial del Estado
13/11/2025 Ayudas

Ministerio de Igualdad. . I. Disposiciones generales. Subvenciones. (BOE-A-2025-22955)

Real Decreto 1033/2025, de 12 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 668/2025, de 22 de julio, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Federación Española de Municipios y Provincias para la prestación del Servicio de teleasistencia móvil a víctimas de violencia contra las mujeres (servicio ATENPRO).

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Real Decreto 1033/2025, de 12 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 668/2025, de 22 de julio, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Federación Española de Municipios y Provincias para la prestación del Servicio de teleasistencia móvil a víctimas de violencia contra las mujeres (servicio ATENPRO).
Página 1 del anuncio BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 273

Jueves 13 de noviembre de 2025

Sec. I. Pág. 148990

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE IGUALDAD
Real Decreto 1033/2025, de 12 de noviembre, por el que se modifica el Real
Decreto 668/2025, de 22 de julio, por el que se regula la concesión directa de
una subvención a la Federación Española de Municipios y Provincias para la
prestación del Servicio de teleasistencia móvil a víctimas de violencia contra
las mujeres (servicio ATENPRO).

El Ministerio de Igualdad, a través de la Delegación del Gobierno contra la Violencia
de Género, presta el Servicio de teleasistencia móvil a víctimas de violencia contra las
mujeres (servicio ATENPRO), como un recurso de carácter social, cuya gestión requiere
de la colaboración y participación de los servicios sociales de cada ayuntamiento, y cuyo
objetivo fundamental es que las víctimas se sientan seguras y acompañadas mientras
dure el proceso para salir de la situación de violencia, facilitándoles el contacto con un
entorno de seguridad y posibilitando la intervención inmediata con movilización, en su
caso, de los recursos de atención que fuesen necesarios. El servicio ATENPRO les
proporciona seguridad y tranquilidad, y les ofrece apoyo, información y asesoramiento, al
tiempo que les garantiza la comunicación interpersonal ante cualquier necesidad
relacionada con su situación de violencia de género las 24 horas del día, contribuyendo
así a su recuperación.
Desde el año 2010, corresponde a la Delegación del Gobierno contra la Violencia de
Género la titularidad del entonces Servicio Telefónico de Atención y Protección para
víctimas de la violencia de género, encargándose de su gestión la Federación Española
de Municipios y Provincias (en adelante, FEMP). Asimismo, ambas partes aprobaron el
Protocolo de Actuación del Servicio Telefónico de Atención y Protección para víctimas de
la violencia de género, de fecha 27 de julio de 2012, por el cual se regula este servicio
que, con fecha 23 de octubre del 2023, fue actualizado con motivo de la ampliación del
servicio a todas las formas de violencia contra las mujeres, haciéndose efectivo en enero
de 2024.
Con la finalidad de garantizar el mantenimiento de la prestación del servicio
ATENPRO, se aprobó el Real Decreto 668/2025, de 22 de julio, por el que se regula la
concesión directa de una subvención a la Federación Española de Municipios y
Provincias para la prestación del Servicio de teleasistencia móvil a víctimas de violencia
contra las mujeres (servicio ATENPRO). De conformidad con dicho real decreto, el plazo
de ejecución de la subvención abarca desde el 1 de enero de 2025 hasta el 30 de junio
de 2026, y el importe de la subvención asciende, como máximo, a 8.200.000 euros.
Tal y como se señala en la parte expositiva del Real Decreto 668/2025, de 22 de
julio, el servicio ATENPRO es un recurso indispensable para prestar atención y
protección a las víctimas de violencia contra las mujeres y a 30 de abril de 2025, el
servicio atiende a 19.669 usuarias activas y, desde el 1 de junio de 2024 hasta el 30 de
abril de 2025, se produjeron 10.035 nuevas altas. Estos datos evidencian la necesidad
de garantizar la continuidad del servicio ATENPRO, tanto para mantener el servicio de
atención y protección a las usuarias actuales como para procurar el acceso a las mujeres
que puedan solicitarlo por cumplir los requisitos exigidos.
Desde la aprobación del Real Decreto 668/2025, de 22 de julio, determinadas
circunstancias sobrevenidas que no pudieron tenerse en cuenta en el momento de
aprobación de la norma han puesto de manifiesto la necesidad de modernizar y adaptar
el servicio ATENPRO, mediante el refuerzo de medios humanos y materiales, y de la
implantación de tecnologías avanzadas.
En particular, se ha evidenciado la necesidad de adoptar medidas dirigidas a mejorar
la atención a víctimas en zonas rurales y en situación de vulnerabilidad, de adaptar el

cve: BOE-A-2025-22955
Verificable en https://www.boe.es

22955

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