Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial del Estado en el día 12-01-2026
Comunidad Autónoma de Extremadura. . I. Disposiciones generales. Medidas urgentes. (BOE-A-2026-618)
Decreto-ley 5/2025, de 18 de septiembre, de ayudas extraordinarias y otras medidas urgentes para la recuperación de las zonas afectadas por los incendios forestales acaecidos en Extremadura durante el verano de 2025 y en materia preventiva de incendios forestales.
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Decreto-ley 5/2025, de 18 de septiembre, de ayudas extraordinarias y otras medidas urgentes para la recuperación de las zonas afectadas por los incendios forestales acaecidos en Extremadura durante el verano de 2025 y en materia preventiva de incendios forestales.Núm. 10
Lunes 12 de enero de 2026
Sec. I. Pág. 4854
I. DISPOSICIONES GENERALES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA
618
Decreto-ley 5/2025, de 18 de septiembre, de ayudas extraordinarias y otras
medidas urgentes para la recuperación de las zonas afectadas por los
incendios forestales acaecidos en Extremadura durante el verano de 2025 y
en materia preventiva de incendios forestales.
LA PRESIDENTA DE LA JUNTA DE EXTREMADURA
El Consejo de Gobierno ha aprobado y yo, en nombre del Rey, de conformidad con lo
establecido en el artículo 26.2 del Estatuto de Autonomía, promulgo el siguiente decreto-ley.
Durante el verano de 2025, la Comunidad Autónoma de Extremadura ha sufrido
incendios forestales de magnitud excepcional que han provocado importantes daños en
el patrimonio forestal y natural, así como en explotaciones agrícolas y ganaderas, cotos
de caza y pesca, infraestructuras y bienes de titularidad tanto pública como privada. En
efecto, los incendios han devastado amplias superficies de monte, cultivos y pastos,
arrasando zonas de gran valor ecológico y productivo, destruyendo infraestructuras
rurales esenciales y alterando de forma drástica la vida de miles de personas residentes
en los territorios afectados. La dimensión de los daños ha sido de tal envergadura que el
Consejo de Ministros, en su sesión de 26 de agosto de 2025, declaró oficialmente a los
territorios afectados como zonas gravemente perjudicadas por una emergencia de
protección civil. Esta declaración constituye el reconocimiento jurídico del carácter de
desastre natural y activa, en el marco de la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema
Nacional de Protección Civil, un conjunto de medidas extraordinarias de apoyo estatal.
Pero, al mismo tiempo, exige y legitima la intervención inmediata de las comunidades
autónomas para desplegar instrumentos propios de auxilio y recuperación adaptados a
las particularidades de sus sectores productivos.
En efecto, los incendios de este verano han golpeado con fuerza a diversos sectores
estratégicos cuya importancia para la región es indiscutible, especialmente, la
agricultura, la ganadería, la apicultura y el turismo. Estos sectores representan pilares no
solo de la economía extremeña, sino también de la cohesión social y territorial, del
mantenimiento de la población en el medio rural y de la preservación de la identidad
cultural y natural de Extremadura.
La gravedad de los daños ocasionados y la urgencia de implementar medidas
inmediatas de atención, reparación y recuperación, configuran una situación excepcional
que requiere de una respuesta inmediata, coordinada y urgente por la administración
autonómica, en el marco de sus competencias y de conformidad con los principios
establecidos en el Estatuto de Autonomía de Extremadura.
Por otra parte, y con el fin de actuar sobre las causas que están generando incendios
forestales de dimensiones hasta ahora desconocidas, es obligado reforzar con urgencia
las medidas de prevención de incendios en el medio natural a fin de evitar la repetición
de la catástrofe forestal sufrida el pasado verano y los significativos perjuicios, de diverso
orden, que se derivan.
Así, el Consejo de Gobierno, en su sesión de 2 de septiembre de 2025, acordó la
adopción de determinadas actuaciones para la recuperación de las zonas afectadas por
incendios forestales en el verano de 2025 y medidas de prevención de incendios
forestales, contemplándose en el presente decreto-ley aquellas que revisten
extraordinaria y urgente necesidad en su adopción.
cve: BOE-A-2026-618
Verificable en https://www.boe.es
I
Otras ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial del Estado del día 12-01-2026
Decreto-ley 6/2025, de 18 de septiembre, de ayudas urgentes al alumnado con derecho a transporte escolar, matriculado en centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que se vea afectado por la falta de prestación de dicho servicio durante el inicio del curso escolar 2025/2026.
Decreto-ley 7/2025, de 18 de noviembre, por el que se modifica el Decreto-ley 5/2025, de 18 de septiembre, de ayudas extraordinarias y otras medidas urgentes para la recuperación de las zonas afectadas por los incendios forestales acaecidos en Extremadura durante el verano de 2025 y en materia preventiva de incendios...
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