Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial del Estado en el día 01-06-2026
Ministerio de Industria y Turismo. . I. Disposiciones generales. Procedimientos administrativos. Gestión informatizada. (BOE-A-2026-11700)
Orden ITU/540/2026, de 21 de mayo, por la que se deroga la Orden ITC/1197/2010, de 29 de abril, por la que se crea y regula el Registro de Entidades Solicitantes de Ayudas en el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
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Orden ITU/540/2026, de 21 de mayo, por la que se deroga la Orden ITC/1197/2010, de 29 de abril, por la que se crea y regula el Registro de Entidades Solicitantes de Ayudas en el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.Núm. 133
Lunes 1 de junio de 2026
Sec. I. Pág. 74418
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO
Orden ITU/540/2026, de 21 de mayo, por la que se deroga la Orden
ITC/1197/2010, de 29 de abril, por la que se crea y regula el Registro de
Entidades Solicitantes de Ayudas en el Ministerio de Industria, Turismo y
Comercio.
La Orden ITC/570/2006, de 22 de febrero, por la que se crea el registro de entidades
que realizan actividades de investigación y desarrollo en el Ministerio de Industria,
Turismo y Comercio, fue dictada en cumplimiento de la previsión de la disposición
adicional sexta del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación
Tecnológica (2002-2007) cuya gestión estaba atribuida en aquel momento al Ministerio
de Industria, Turismo y Comercio.
Al dejar de tener competencias en la gestión del mencionado Plan, el Ministerio de
Industria, Turismo y Comercio extendió el ámbito del registro a las entidades solicitantes
de ayudas y, por Orden ITC/1197/2010, de 29 de abril, derogó la mencionada Orden
ITC/570/2006, de 22 de febrero, y creó y reguló el nuevo Registro de Entidades
Solicitantes de Ayudas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, gestionado
actualmente por el Ministerio de Industria y Turismo.
El artículo 29 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el
Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, regula
los Registros de solicitantes de subvenciones, cuya creación no es preceptiva para la
Administración y su inscripción tiene carácter voluntario.
La finalidad del citado Registro de Entidades Solicitantes de Ayudas era reducir
cargas administrativas a las entidades inscritas que participen en convocatorias de
ayudas y subvenciones publicadas por el Ministerio de Industria y Turismo, eximiendo a
éstas de aportar los datos y documentos que consten en el mismo.
Actualmente se han producido cambios en la gestión de las convocatorias del
Ministerio de Industria y Turismo y se han reforzado las medidas de control antifraude.
Esto motiva que la inscripción en el Registro suponga, en contra del objetivo de su
creación, una carga añadida para las entidades inscritas que deseen participar en las
convocatorias del mencionado Ministerio.
Por ello, al no cumplir el Registro de Entidades Solicitantes de Ayudas la función
para la que fue creado, se considera procedente derogar la norma que lo regula.
Esta disposición normativa, en cuanto a su contenido y tramitación, observa los
principios de buena regulación conforme a los cuales deben actuar las Administraciones
públicas en el ejercicio de la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria, previstos en
el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, como son los principios de necesidad, eficacia,
proporcionalidad, seguridad jurídica y eficiencia.
La iniciativa normativa cumple con los principios de necesidad y eficacia, ya que el
objetivo que se persigue con su aprobación es la derogación expresa de una orden que,
tal y como se ha indicado, ha perdido su sentido original y genera una carga añadida
para las entidades solicitantes de ayudas. Para la consecución de este objetivo, la
aprobación de una orden de derogación es el instrumento más adecuado.
Se cumple también con el principio de proporcionalidad y seguridad jurídica, dado
que el proyecto se limita únicamente a derogar la Orden ITC/1197/2010, de 29 de abril, y
lo hace conforme al ordenamiento jurídico.
Se cumple con el principio de transparencia, puesto que identifica claramente su
propósito y la memoria ofrece una explicación completa de su contenido. Finalmente, en
cve: BOE-A-2026-11700
Verificable en https://www.boe.es
11700
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