Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial del Estado en el día 09-06-2026
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios. (BOE-B-2026-19378)
Extracto de la Resolución de la Presidencia de la AECID por la que se convocan subvenciones para el desarrollo de acciones humanitarias 2026
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Extracto de la Resolución de la Presidencia de la AECID por la que se convocan subvenciones para el desarrollo de acciones humanitarias 2026Núm. 140
Martes 9 de junio de 2026
Sec. V-B. Pág. 30635
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN
19378
Extracto de la Resolución de la Presidencia de la AECID por la que se
convocan subvenciones para el desarrollo de acciones humanitarias
2026
BDNS(Identif.):908274
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
908274)
Primero. Beneficiarios:
Organizaciones no gubernamentales de desarrollo, que cumplan
simultáneamente los siguientes dos requisitos:
- Que hayan obtenido de la Agencia Española de Cooperación Internacional
para el Desarrollo la acreditación como organización no gubernamental de
desarrollo calificada, de acuerdo con el procedimiento establecido en la Orden por
la que se regulan las bases para la concesión de subvenciones a organizaciones
no gubernamentales de desarrollo, para la realización de intervenciones en materia
de cooperación internacional para el desarrollo, dentro de cuya misión estatutaria
se encuentre la acción humanitaria.
Igualmente, podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las agrupaciones
sin personalidad jurídica compuestas por entidades que cumplan los requisitos
anteriores y por esas con entidades extranjeras (organizaciones locales)
legalmente constituidas en el país o los países de ejecución de la intervención
propuesta, que cumplan las obligaciones que para las mismas establece el artículo
11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y que, adicionalmente, acrediten el
cumplimiento de los requisitos establecidos en el apartado 3 del artículo 3 de la
Orden AUC/286/2022, de 6 de abril.
Quedan excluidos como posibles adjudicatarios las Administraciones Públicas,
organismos internacionales o multilaterales y cualquier entidad en la que una
administración pública participe en el capital social o en el patrimonio de la misma.
Segundo. Objeto:
La presente convocatoria tiene como objeto la financiación de intervenciones
en materia de acción humanitaria, entendida como establece el artículo 13.1 de la
Ley 1/2023, de 20 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la
Solidaridad Global, incluyendo la prevención y preparación ante desastres, la
respuesta a emergencias, la atención a crisis complejas, crónicas y recurrentes, la
cve: BOE-B-2026-19378
Verificable en la dirección https://extranet.boe.es/arde
- Que hayan obtenido una acreditación especial para intervenciones de
carácter humanitario, de acuerdo al procedimiento establecido por la Dirección
General European Civil Protection and Humanitarian Aid Operations de la
Comisión Europea, mediante la firma de un Certificado de Asociación con la
Dirección General European Civil Protection and Humanitarian Aid Operations de
la Comisión Europea.
Otras ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial del Estado del día 09-06-2026
Resolución de 2 de junio de 2026, del Ayuntamiento de Ontinyent (Valencia/València), referente a la convocatoria para proveer una plaza.
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