Ayudas y subvenciones públicas del Diario Oficial de Extremadura en el día 14-05-2024
Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Información Pública. (2024061619)
Resolución de 9 de mayo de 2024, de la Secretaría General, por la que se acuerda la apertura del período de audiencia e información pública en relación con el proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la realización de inversiones en modernización por parte de personas trabajadoras autónomas y micropymes de Extremadura.
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Resolución de 9 de mayo de 2024, de la Secretaría General, por la que se acuerda la apertura del período de audiencia e información pública en relación con el proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la realización de inversiones en modernización por parte de personas trabajadoras autónomas y micropymes de Extremadura.24342
Martes 14 de mayo de 2024
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
RESOLUCIÓN de 9 de mayo de 2024, de la Secretaría General, por la que se
acuerda la apertura del período de audiencia e información pública en relación
con el proyecto de Orden por la que se establecen las bases reguladoras de
las ayudas para la realización de inversiones en modernización por parte de
personas trabajadoras autónomas y micropymes de Extremadura. (2024061619)
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 66.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del
Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, una vez elaborado el texto del proyecto de Orden por
la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la realización de inversiones en
modernización por parte de personas trabajadoras autónomas y micropymes de Extremadura,
RESUELVO:
La apertura de un periodo de audiencia e información pública por un plazo de siete días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario
Oficial de Extremadura, con el objeto de que cualquier persona interesada pueda examinar el
texto de la Orden indicado y formular las alegaciones y propuestas que estime oportunas por
cualquiera de los medios que a tal efecto determina la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o a través de la siguiente
dirección de correo electrónico: extremaduraempresa@juntaex.es.
El sometimiento del presente acto al trámite abreviado regulado en el artículo 66.4 de la Ley
1/2002, de 28 de febrero, viene justificado por la necesidad de ajustar los plazos previstos
para la puesta en marcha de las presentes bases, y su posterior convocatoria, el plazo para
la presentación de solicitudes, así como la valoración de las mismas, ejecución y justificación
de los proyectos subvencionados; dado que el programa de ayudas está financiado con cargo
a fondos propios de la Comunidad Autónoma, los cuales precisan ser ejecutados dentro del
vigente ejercicio presupuestario.
El horario y lugar de exposición del proyecto será, durante los días señalados, de 10:00 horas
a 14:00 horas en las dependencias de la Dirección General de Empresa de la Consejería de
Economía, Empleo y Transformación Digital, Paseo de Roma, s/n., Módulo D, primera planta,
de Mérida (Badajoz).
Asimismo, el texto del proyecto de Orden estará a disposición de los ciudadanos en el Portal
de Transparencia de la Junta de Extremadura, Sección de Participación Ciudadana, Proyectos
normativos, en la siguiente dirección:
http://gobiernoabierto.juntaex.es/transparencia/web/c-eetd
Mérida, 9 de mayo de 2024. El Secretario General, JUAN ANDRÉS MORENO MARTÍN.
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