Ayudas y subvenciones públicas del Diario Oficial de Extremadura en el día 19-06-2025
Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Enseñanza Universitaria. Becas. (2025040099)
Corrección de errores del Decreto 48/2025, de 27 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las becas complementarias para estudios de enseñanzas universitarias para la ciudadanía de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria para el curso académico 2024/2025.
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Corrección de errores del Decreto 48/2025, de 27 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las becas complementarias para estudios de enseñanzas universitarias para la ciudadanía de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria para el curso académico 2024/2025.Jueves 19 de junio de 2025
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CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL
CORRECCIÓN de errores del Decreto 48/2025, de 27 de mayo, por el que
se establecen las bases reguladoras de las becas complementarias para
estudios de enseñanzas universitarias para la ciudadanía de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria para el
curso académico 2024/2025. (2025040099)
Advertido error material en el Decreto 48/2025, de 27 de mayo, por el que se establecen las
bases reguladoras de las becas complementarias para estudios de enseñanzas universitarias
para la ciudadanía de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria para el curso académico 2024/2025 (DOE núm. 111, de 11 de junio de 2025), se
procede a su oportuna rectificación en los términos que a continuación se indican:
En la página 33463:
Donde dice:
“Artículo 15. Reintegro de la beca.
(…)
2. Atendiendo al grado de incumplimiento de las obligaciones, para el reintegro total o
parcial de la ayuda o la pérdida de los derechos de abono se procederá de la siguiente
manera:
a) Procederá la pérdida o el reintegro parcial del 40 % de la ayuda y, por tanto, se procederá a la devolución parcial de esta cantidad, cuando la persona beneficiaria, sin
haber alcanzado el porcentaje establecido en el artículo 14.1, haya superado como
mínimo el 40 % de los créditos matriculados en las ramas de ciencias y de ingenierías y arquitectura, o el 30 % en el resto de los estudios”.
Debe decir:
“Artículo 15. Reintegro de la beca.
(…)
2. Atendiendo al grado de incumplimiento de las obligaciones, para el reintegro total o
parcial de la ayuda o la pérdida de los derechos de abono se procederá de la siguiente
manera:
Otras ayudas y subvenciones públicas del Diario Oficial de Extremadura del día 19-06-2025
Resolución de 11 de junio de 2025, de la Consejera, por la que se resuelve la convocatoria de plazas en residencias escolares de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el alumnado matriculado en centros públicos para el curso 2024/2025.
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Extracto del Acuerdo del Consejero Delegado, por el que se realiza la convocatoria de las ayudas por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la participación agrupada en la Misión Comercial Directa Italia 2025 (Código MCD25ITA).