Ayudas y subvenciones públicas del Diario Oficial de Extremadura en el día 10-07-2025
Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Vivienda. Subvenciones. (2025062593)
Resolución de 25 de junio de 2025, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas estatales del programa "Bono Alquiler Joven", correspondiente a las anualidades 2025 y 2026.
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Resolución de 25 de junio de 2025, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas estatales del programa "Bono Alquiler Joven", correspondiente a las anualidades 2025 y 2026.Jueves 10 de julio de 2025
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CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, TRANSPORTE Y VIVIENDA
RESOLUCIÓN de 25 de junio de 2025, de la Secretaría General, por la que
se convocan las ayudas estatales del programa "Bono Alquiler Joven",
correspondiente a las anualidades 2025 y 2026. (2025062593)
El artículo 9.1.31 del Estatuto de Autonomía de Extremadura, aprobado por Ley Orgánica
1/1983, de 25 de febrero, en su redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero,
de reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, atribuye
la competencia exclusiva a la Comunidad Autónoma de Extremadura la materia de “Urbanismo y Vivienda. Normas de calidad e innovación tecnológica en la edificación y de conservación
del patrimonio urbano tradicional”.
Por su parte, el artículo 2 del Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se
modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, atribuye a la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura el ejercicio de las competencias en
materia de vivienda.
El Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler joven y el Plan
Estatal para el acceso a la Vivienda 2022-2025 (BOE número 16, de 19 de enero), establece
diversos programas de ayudas a actuaciones protegidas en materia de vivienda para el período cuatrienal que menciona.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.2 del Real Decreto 42/2022, de 18 de enero,
corresponde a los órganos competentes de las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y
Melilla la ordenación, instrucción, tramitación y resolución de los procedimientos de concesión
y pago de las ayudas del Bono Alquiler Joven, así como la gestión de su abono una vez se haya
reconocido por dichas administraciones el derecho de las personas beneficiarias a obtenerlo,
dentro de las condiciones y límites establecidos en dicho real decreto.
El Decreto 165/2024, de 17 de diciembre, por el que se aprueban las bases reguladoras de la
ayuda “Bono Alquiler Joven” y de determinadas subvenciones contempladas en el Plan Estatal
para el acceso a la vivienda 2022-2025, y se aprueba la primera convocatoria de diversos
programas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 3, de 7 de
enero), ha venido a regular el procedimiento de concesión de las subvenciones de distintos
programas incluidos en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero; los requisitos específicos
que deberán reunir los beneficiarios; la documentación que deben acompañar a su solicitud;
la cuantía y abono de la ayuda pública; y las obligaciones que incumben a los que resulten ser
beneficiarios de la misma; respetando en todo caso la normativa estatal.
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