Ayudas y subvenciones públicas del Diario Oficial de Extremadura en el día 03-11-2025
Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Emigración. Ayudas. (2025040250)
Decreto 142/2025, de 27 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a financiar gastos de funcionamiento de las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones.
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Decreto 142/2025, de 27 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a financiar gastos de funcionamiento de las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones.Lunes 3 de noviembre de 2025
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DECRETO 142/2025, de 27 de octubre, por el que se establecen las bases
reguladoras de las ayudas destinadas a financiar gastos de funcionamiento
de las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones. (2025040250)
El Estatuto de Autonomía de Extremadura, en su redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011,
de 28 de enero, establece como principios rectores de los poderes públicos regionales facilitar
la participación de todas las personas extremeñas en la vida política, económica, cultural y so
cial de Extremadura, en un contexto de libertad, justicia y solidaridad y apoyar el retorno de
las personas emigrantes. Además, reconoce a las comunidades extremeñas asentadas fuera de
Extremadura el derecho a colaborar y compartir la vida social y cultural del pueblo extremeño.
Por otro lado, también establece que la acción exterior de las instituciones de la Comunidad
Autónoma tendrá como objeto atender a los intereses regionales de Extremadura y de la
emigración en el exterior.
El Estatuto de los Extremeños en el Exterior, aprobado por la Ley 6/2009, de 17 de diciembre,
que desarrolla las previsiones estatutarias en relación con las personas extremeñas en el ex
terior, establece las medidas de apoyo que la Junta de Extremadura ha de prestar a las comu
nidades extremeñas en el exterior y a sus federaciones. Entre ellas se encuentran las ayudas
públicas que puedan establecerse de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias destina
das a las comunidades extremeñas y sus federaciones y a promover el retorno a Extremadura.
En el artículo 25 de la citada Ley 6/2009, se establece que la Junta de Extremadura, en el
marco de sus competencias, garantizará a las comunidades extremeñas reconocidas presta
ciones, servicios y medidas de apoyo de acuerdo con la referida ley.
A lo largo de los años, la finalidad perseguida por las ayudas destinadas a financiar los gastos
de funcionamiento de las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones ha sido
colaborar en la permanencia y subsistencia de nuestras comunidades y federaciones, con
el objetivo principal, recogido expresamente en los estatutos de nuestras comunidades, de
mantener los vínculos con Extremadura, su gente, su historia, su cultura, o con cualquier otro
aspecto de su realidad.
En estas ayudas, que tienen como personas beneficiarias las entidades sin ánimo de lucro
inscritas en el Registro Oficial de Comunidades Extremeñas en el Exterior, la inexistencia de
un proyecto que pueda ser objeto de valoración y de concurrencia entre las solicitudes de ayu
das que se presenten en las respectivas convocatorias por la especificidad de su objeto, que
persigue cubrir una parte de sus gastos corrientes, impiden promover la concurrencia pública.
Por todo lo expuesto, la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social de la Junta de
Extremadura considera justificado el interés público y social de estas ayudas, así como la
Otras ayudas y subvenciones públicas del Diario Oficial de Extremadura del día 03-11-2025
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