Ayudas y subvenciones públicas del Diario Oficial de Extremadura en el día 02-12-2025
Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2025064212)
Resolución de 17 de noviembre de 2025, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de becas y ayudas al alumnado participante en acciones formativas declaradas estratégicas al amparo del Decreto 121/2021, de 20 de octubre.
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Resolución de 17 de noviembre de 2025, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de becas y ayudas al alumnado participante en acciones formativas declaradas estratégicas al amparo del Decreto 121/2021, de 20 de octubre.Martes 2 de diciembre de 2025
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RESOLUCIÓN de 17 de noviembre de 2025, de la Secretaría General, por la
que se aprueba la convocatoria de becas y ayudas al alumnado participante
en acciones formativas declaradas estratégicas al amparo del Decreto
121/2021, de 20 de octubre. (2025064212)
El Decreto 121/2021, de 20 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la declaración estratégica de la formación para el empleo y se establecen las formas para su financiación (DOE n.º 206 de 20 de octubre de 2021), dispone en el artículo 6 que, a fin de facilitar
que las personas interesadas en las acciones formativas previstas en los proyectos empresariales puedan participar en las mismas, éstas puedan ser beneficiarias de becas y/o ayudas,
en régimen de concesión directa, que favorezcan y permitan su formación, de modo que su
coste no suponga un obstáculo que impida o dificulte su participación.
Al amparo de dicho decreto, mediante Orden de 29 de agosto de 2022, se establecen las
bases reguladoras de las subvenciones destinadas a financiar la formación declarada como
estratégica en proyectos empresariales de interés para el empleo de la Comunidad Autónoma
de Extremadura (DOE n.º 171, de 5 de septiembre de 2022). Esta norma, además de establecer las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a financiar la impartición de las
acciones formativas declaradas como estratégicas, también dedica el capítulo III a regular las
disposiciones aplicables a las becas y ayudas a los alumnos desempleados y ocupados que
participen en las referidas acciones.
El artículo 12 de dicho decreto establece que el procedimiento para la concesión de las subvenciones establecidas en el mismo es el de concesión directa mediante convocatoria abierta,
en los términos establecidos en el capítulo III del título II de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por tratarse de una subvención destinada a fomentar la creación y estabilidad en el empleo, mediante la incorporación
al mercado laboral de personas desempleadas con especiales dificultades de inserción. Estas
circunstancias, las razones de carácter público y social que llevan aparejadas y la imposibilidad de establecer criterios objetivos para determinar un orden de prelación en la concesión
de las ayudas justifican el régimen de concesión directa.
Según el artículo 2.2 de la citada orden de bases reguladoras, en conexión con el artículo 6
del citado Decreto 121/2021, de 20 de octubre y el artículo 29 de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, los alumnos participantes, ya sean desempleados/as u ocupados/as, podrán ser beneficiarios/as de becas y/o
ayudas, en régimen de concesión directa, de conformidad con lo establecido en la orden de
bases reguladoras y en la resolución de convocatoria, por lo que se concederán al alumnado
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Extracto del Decreto 163/2025 por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas al apoyo y fomento de la cultura taurina en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
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