Ayudas y subvenciones públicas del Diario Oficial de Extremadura en el día 16-03-2026
Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Subvenciones. (2026080374)
Anuncio de 6 de marzo de 2026 por el que se da publicidad a las subvenciones concedidas por la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional en el ámbito de las competencias de la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación durante el ejercicio 2025, al amparo del artículo 22.4.c) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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Anuncio de 6 de marzo de 2026 por el que se da publicidad a las subvenciones concedidas por la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional en el ámbito de las competencias de la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación durante el ejercicio 2025, al amparo del artículo 22.4.c) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.Lunes 16 de marzo de 2026
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CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL
ANUNCIO de 6 de marzo de 2026 por el que se da publicidad a las subvenciones
concedidas por la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional en
el ámbito de las competencias de la Secretaría General de Ciencia, Tecnología
e Innovación durante el ejercicio 2025, al amparo del artículo 22.4.c) de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura. (2026080374)
El artículo 22.4.c) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece la posibilidad de conceder subvenciones de forma directa
con carácter excepcional, siempre que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.
El artículo 32.1.a) de la citada ley considera supuestos excepcionales de concesión directa
aquellos en los que por razón de la especial naturaleza de la actividad a subvencionar, o las
especiales características del perceptor, no sea posible promover la concurrencia pública y
siempre que se trate de entidades públicas o entidades privadas sin fines de lucro; y según
el artículo 32.2, la concesión de estas subvenciones se efectuará previa solicitud del/los
interesado/s y se instrumentará mediante resolución o convenio.
Por su parte, el apartado 1 del artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, dispone que los órganos administrativos
concedentes publicarán en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de
la Comunidad Autónoma, las subvenciones concedidas con expresión de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida, finalidad
o finalidades de la subvención. Igualmente, atendiendo a lo establecido en el artículo 11.1 de
la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura, las subvenciones concedidas fuera de los procedimientos de concurrencia competitiva deberán publicarse en el Portal
electrónico de Transparencia de la Junta de Extremadura.
En cumplimiento de este mandato y en el ejercicio de la competencia delegada mediante
Resolución de la Secretaría General de la Consejería de fecha 6 de noviembre de 2024 (DOE
núm. 217, de 7 de noviembre), que es el órgano con competencias en materia de concesión
subvenciones, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura (modificado por el artículo
10 uno de la Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración más ágil en la Comunidad
Autónoma de Extremadura (DOE núm. 69, de 9 de abril de 2019)), la Secretaría General de
Ciencia, Tecnología e Innovación,
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Extracto de la Resolución de 4 de marzo de 2026, de la Secretaría General, por la que se convocan las subvenciones para la adquisición de la uniformidad, acreditación y equipamiento de la Policía Local de la Comunidad Autónoma de Extremadura, durante el ejercicio 2026. Modalidad B.
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