Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 27-12-2023
C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20231227-21)
Bases subvenciones – Orden 3898/2023, de 15 de diciembre, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la ejecución de proyectos de atención integral a mujeres en situación de vulnerabilidad, cofinanciadas al 40 % por el Programa FSE+ 2021-2027 de la Comunidad de Madrid, y se realiza la convocatoria para 2024
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Bases subvenciones – Orden 3898/2023, de 15 de diciembre, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la ejecución de proyectos de atención integral a mujeres en situación de vulnerabilidad, cofinanciadas al 40 % por el Programa FSE+ 2021-2027 de la Comunidad de Madrid, y se realiza la convocatoria para 2024Pág. 78
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 27 DE DICIEMBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 307
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
21
ORDEN 3898/2023, de 15 de diciembre, de la Consejería de Familia, Juventud y
Asuntos Sociales, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la ejecución de proyectos de atención integral a mujeres en situación de vulnerabilidad, cofinanciadas al 40 % por el Programa FSE+ 2021-2027 de la Comunidad de Madrid, y se
realiza la convocatoria para 2024.
I
La Constitución española, en su artículo 1 propugna la igualdad como uno de los valores superiores de su ordenamiento jurídico, a su vez, en su artículo 14 establece que ninguna persona puede ser objeto de discriminación alguna por razón de nacimiento, raza,
sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. Por su
parte, en su artículo 9.2 se señala a los poderes públicos como los responsables de promover las condiciones para que esa igualdad sea real y efectiva.
En este mismo sentido, el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, decreta en su artículo 1.3 que, mediante la facilitación de la participación plena de la ciudadanía en la vida política, económica,
cultural y social, aspira a hacer realidad los principios de libertad, justicia e igualdad. Igualmente, en su artículo 7.4 estipula que corresponde a los poderes públicos de la Comunidad
de Madrid, en el ámbito de su competencia, promover las condiciones para que la libertad y la
igualdad sean reales y efectivas, así como remover los obstáculos que impidan o dificulten su
plenitud y facilitar la participación de la ciudadanía en la vida política, económica, cultural y
social. En concreto, en el artículo 26.1.25 de competencias exclusivas de la Comunidad de
Madrid, se dispone como tal la promoción de la igualdad respecto a la mujer que garantice su
participación libre y eficaz en el desarrollo político, social, económico y cultural.
El artículo 1 del Decreto 241/2023, de 20 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, determina que, como órgano superior de la Administración de la Comunidad de
Madrid, le corresponde el desarrollo general, la coordinación, la dirección, ejecución y control de las políticas públicas del Gobierno en distintos ámbitos respecto, entre otros, del colectivo de mujeres. Entre las competencias que tiene atribuidas se encuentran las relativas en
materia de igualdad entre mujeres y hombres. En concreto, en relación con el objeto de las acciones contempladas en la presente Orden se encuentran la prevención y lucha contra la feminización de la pobreza y de las mujeres excluidas socialmente para promover su inclusión.
La Estrategia Madrileña para la Igualdad de oportunidades entre Mujeres y Hombres 2018-2022, prorrogada para 2023, es la materialización del compromiso del Gobierno
de la Comunidad de Madrid de impulsar la igualdad efectiva y real entre mujeres y hombres. El objetivo principal de la citada Estrategia es fomentar los cambios sociales que permitan la consolidación de una sociedad donde el acceso a oportunidades, el disfrute de los
derechos y el reparto de las obligaciones sean más igualitarias entre mujeres y hombres.
Para ello, se estructura en nueve ejes, dedicando el eje 8 a la feminización de la pobreza y
exclusión social, cuyos objetivos son prevenir y abordar la feminización de la pobreza y la
atención a las mujeres excluidas socialmente para promover su inclusión.
Los datos recogidos en la Evaluación de la Estrategia Madrileña para la Igualdad de
oportunidades entre Mujeres y Hombres realizada en 2021, revelan que la evaluación del
indicador AROPE, que estima el riesgo de pobreza y de exclusión, señala que las mujeres
sufren una mayor vulnerabilidad económica, independientemente del grupo de edad al que
pertenezcan. La tasa AROPE del total de la población es mayor para las mujeres en todos
los años excepto en 2020, donde la de los hombres la supera ligeramente. Esta tendencia se
BOCM-20231227-21
II
Otras ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 27-12-2023
Formalización contrato – Corrección de errores de la Resolución de 18 de diciembre de 2023, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se dispone la publicación, en los boletines oficiales y en el “perfil del contratante” en Internet, de la...
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