Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 09-02-2024

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Boletín Oficial Comunidad Madrid
09/02/2024 Ayudas

C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240209-14)

Regulación concesión ayudas –  Acuerdo de 7 de febrero de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Acuerdo de 9 de octubre de 2018, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de las ayudas para el fomento de la responsabilidad social y la conciliación laboral

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Regulación concesión ayudas –  Acuerdo de 7 de febrero de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Acuerdo de 9 de octubre de 2018, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de las ayudas para el fomento de la responsabilidad social y la conciliación laboral
Página 1 del anuncio BOCM
B.O.C.M. Núm. 34

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE FEBRERO DE 2024

Pág. 57

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
ACUERDO de 7 de febrero de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se
modifica el Acuerdo de 9 de octubre de 2018, del Consejo de Gobierno, por el
que se aprueba las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de las ayudas para el fomento de la responsabilidad social y la
conciliación laboral.

Mediante el Acuerdo de 9 de octubre de 2018, del Consejo de Gobierno, se aprobaron
las normas reguladoras y se estableció el procedimiento de concesión directa de las ayudas
para el fomento de la responsabilidad social y la conciliación laboral donde se establecían
dos líneas de subvenciones; la primera encaminada a la implantación de la responsabilidad
social en los autónomos y en las pequeñas y medianas empresas y la segunda orientada a
fomentar medidas tendentes a la conciliación de la vida laboral, familiar y personal fomentando el teletrabajo y la flexibilidad horaria.
Tal Acuerdo fue objeto de una primera modificación, mediante el Acuerdo de 9 de julio de 2019, del Consejo de Gobierno; los objetivos perseguidos con aquella modificación
residían en actualizar las certificaciones, normas o estándares cuyo coste de obtención o renovación se financiaba con estas ayudas, precisar los requisitos de las acciones subvencionables y clarificar la regulación de las ayudas en materia de conciliación, además de imponer la tramitación exclusivamente electrónica de estas ayudas.
La segunda modificación del Acuerdo de 9 de octubre de 2018, se aprobó por el Consejo de Gobierno el 11 de noviembre de 2020; en este caso se buscaba extender las acciones subvencionables a la adquisición de los equipos electrónicos indispensables para el
teletrabajo, así como concentrar las ayudas en los trabajadores autónomos y las pequeñas
empresas.
Ahora, se promueve una nueva modificación para, por un lado, garantizar que su gestión sea acorde con las disponibilidades presupuestarias de cada anualidad, estableciendo
de forma precisa que la concesión de las ayudas se llevará a cabo hasta el agotamiento de
los fondos presupuestarios habilitados para cada anualidad, circunstancia que no venía recogida en la norma anteriormente y que agilizará la gestión de estas ayudas. Por otro lado,
evitar la doble percepción de las ayudas incluidas en la Línea número 2 para un mismo trabajador, por acuerdos de teletrabajo y de flexibilidad horaria.
Además, se actualiza la denominación de los órganos administrativos encargados de
la tramitación de estas ayudas en coherencia con el Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la
Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación
de las Consejerías de la Comunidad de Madrid y con el Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
El presente Acuerdo se enmarca dentro de las competencias del artículo 28.1.12 del
Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, que establece que corresponden a esta
comunidad autónoma la competencia para la ejecución de la legislación del Estado en materia laboral, así como del Real Decreto 933/1995, de 9 de junio, a través del cual se asumieron las competencias en materia de programas de apoyo al empleo.
Su redacción se encuentra alineada con los principios de buena regulación previstos en
el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En este sentido, en su elaboración se han tenido en
cuenta los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia.
En línea con las modificaciones establecidas en el Acuerdo se ha actualizado el Plan
Estratégico de subvenciones mediante la Orden de 18 de enero de 2024 de la Consejera de
Economía, Hacienda y Empleo, por la que se modifica el plan estratégico de subvenciones
para el fomento de la responsabilidad social y la conciliación laboral.
En virtud de lo anterior, en cumplimiento del artículo 4.5.c).1.o de la Ley 2/1995, de 8
de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, y a propuesta de la Consejera de

BOCM-20240209-14

14

Otras ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 09-02-2024

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