Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 02-04-2024
Móstoles (BOCM-20240402-62)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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Régimen económico. Extracto convocatoria subvencionesPág. 226
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 2 DE ABRIL DE 2024
B.O.C.M. Núm. 78
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
62
MÓSTOLES
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto del acuerdo 13/175, de la Junta de Gobierno Local de 19 de marzo de 2024,
por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la realización de Proyectos de
Innovación/buenas prácticas educativas en centros docentes de titularidad pública (C.E.I.P.),
de titularidad privada-concertada (C.C.) y de titularidad privada No concertada, en las enseñanzas de Educación Infantil (segundo ciclo) y Educación Primaria, así como en el centro
público de Educación Especial (C.E.E.) de Móstoles, durante el curso escolar 2023-2024.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de esta convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.minhap.gob.es/bdnstrans/index ).
Primero. Objeto.—La Concejalía de Educación y Festejos conforme a las Bases Reguladoras aprobadas el 7 de noviembre de 2023 y extracto de las mismas publicado en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 278, el 22 de noviembre
de 2023 así como en la web del Ayuntamiento, propone el 19 de marzo de 2024 la aprobación en Junta de Gobierno Local, de la convocatoria vinculada a las mismas correspondiente al curso escolar 2023-2024, con la finalidad de apoyar el desarrollo de proyectos y experiencias innovadoras y buenas prácticas educativas encaminadas a mejorar la calidad en los
centros educativos del municipio de Móstoles.
Segundo. Beneficiarios.—Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los centros docentes de titularidad pública (C.E.I.P.), de titularidad privada-concertada (C.C.) y de titularidad
privada No concertada, en las enseñanzas de Educación Infantil (segundo ciclo) y Educación
Primaria, así como en el centro público de Educación Especial (C.E.E.) de Móstoles.
Tercero. Régimen aplicable.—La concesión de las ayudas, lo será en régimen de
concurrencia competitiva.
Cuarto. Financiación y cuantía de las ayudas.—La Concejalía de Educación y Festejos destinará para esta convocatoria, un máximo de 50.000 euros (cincuenta mil euros),
con cargo a la partida 35-3261-48905 del Presupuesto General del Ayuntamiento. Siendo
la cuantía máxima establecida de 1.000 euros (mil euros) por proyecto y centro educativo.
Quinto. Documentación y plazo de presentación.—El proyecto (Anexos número 1 y
número 2) se presentará, utilizando el tipo de fuente Arial número 11, con márgenes formato normal y una extensión máxima de 20 páginas, dentro de los 20 días hábiles a partir del
día siguiente a la publicación de la correspondiente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Sexto. Difusión y publicidad.—Se publicará el texto íntegro de la convocatoria, las Bases Reguladoras y demás documentación Anexa en la página web municipal del Ayuntamiento de Móstoles, en el espacio web reservado al efecto (Concejalía Educación y Festejos: tablón anuncios) http://www.mostoles.es/Educacion/es/tablon-anuncios-publicaciones .
Séptimo. Criterios de valoración de las solicitudes/proyectos.—La baremación de
los proyectos de innovación/buenas prácticas educativas presentados, será realizada por
una Comisión constituida por los siguientes miembros: concejal/a y/o persona en quien delegue, dos técnicos/as, uno de los cuales actuará de secretario/a y dos directores/as de los
centros educativos del municipio. Se levantará acta de todas las sesiones que se celebren.
Para la selección de los proyectos de innovación/buenas prácticas educativas presentadas, se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
a) Calidad: objetivos, contenidos y actividades, metodología, fases y temporalización, presupuesto, evaluación y seguimiento (máximo de 5 puntos).
b) Repercusión en la mejora del bienestar del alumnado, la práctica docente y de la
vida escolar en general (máximo 5 puntos).
BOCM-20240402-62
BNDS: 726802
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