Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 20-05-2024
Madrid (BOCM-20240520-51)
Régimen económico. Distrito de Vicálvaro. Extracto convocatoria subvenciones
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Régimen económico. Distrito de Vicálvaro. Extracto convocatoria subvencionesPág. 242
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 20 DE MAYO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 119
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
51
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Distrito de Vicálvaro
Extracto del decreto del 8 de mayo de 2024, del concejal-presidente del Distrito de Vicálvaro, por el que se aprueba la convocatoria pública del procedimiento para la concesión de subvenciones para el Fomento del Asociacionismo del Distrito de Vicálvaro para el año 2024.
Primero. Beneficiarios.—La convocatoria va dirigida a todas las asociaciones de
base que tengan su domicilio social en el Distrito de Vicálvaro y estén inscritas en la Sección 1.a del Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos del Ayuntamiento de
Madrid y que cumplan los requisitos establecidos en Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid de 30 de octubre de 2013, modificada por la ordenanza 3/2023 aprobada por Acuerdo Plenario el 28 de
noviembre.
Segundo. Objeto.—La promoción del tejido asociativo y la participación de las entidades ciudadanas del municipio de Madrid, contribuyendo a consolidar la democracia participativa, la continuidad y crecimiento de las entidades y a favorecer su correcto funcionamiento durante el año 2024, así como paliar las posibles consecuencias negativas que se
puedan derivar de la situación económica y social actual. Para ello, a través de la presente
convocatoria, se les proporcionarán recursos a las entidades, al objeto de que fortalezcan
las relaciones entre las personas asociadas, puedan captar nuevas socias y socios, garanticen su correcto funcionamiento y desarrollen sus actividades, promoviendo así su implicación y participación en la actividad municipal y reforzándose así la intervención comunitaria, con el objetivo de dar respuesta a los requerimientos derivados de la situación
económica y social actual, fortalecer la capacidad de adaptación y superación de la ciudadanía madrileña ante la misma y contribuir a que la población más vulnerable no pase a convertirse, a corto plazo, en población más desfavorecida, con el consiguiente riesgo de deterioro de la vida comunitaria en todas sus vertientes.
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la
concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos de 30
de octubre de 2013, publicada en www.madrid.es
Cuarto. Cuantía.—El importe total destinado a la convocatoria de la anualidad 2024,
asciende a 75.500 euros, que se distribuirán de la siguiente forma:
— Modalidad de proyectos: 65.500 euros.
— Modalidad de gastos de mantenimiento y funcionamiento de sedes sociales u otros
espacios: 10.000 euros.
La cuantía de la subvención se considerará importe cierto quedando de cuenta del beneficiario la diferencia de financiación necesaria para la total ejecución de la actividad subvencionada, debiendo ser reintegrada, en su caso, la financiación pública por el importe en
que la misma exceda del coste total de dicha actividad.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Para la convocatoria ordinaria de 2024,
el plazo de presentación será de 15 días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
Sexto. Otros datos.—Esta convocatoria de subvenciones se desarrolla en régimen de
concurrencia competitiva.
Las solicitudes de subvención se formalizarán conforme al modelo que figura como
“Solicitud de subvención”, que se adjunta en la presente convocatoria.
Para la modalidad de “Proyectos”, junto a la solicitud de subvención, se acompañará
una Memoria explicativa del proyecto, conforme al modelo que figura como “Anexo I”.
BOCM-20240520-51
BDNS Identificador 2024: 759787
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