Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 12-06-2024
Madrid (BOCM-20240612-57)
Régimen económico. Distrito de San Blas-Canillejas. Extracto convocatoria subvenciones
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Régimen económico. Distrito de San Blas-Canillejas. Extracto convocatoria subvencionesB.O.C.M. Núm. 139
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE JUNIO DE 2024
Pág. 225
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
57
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto del decreto de 28 de mayo de 2024, de la concejala-presidenta del Distrito de
San Blas-Canillejas, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones de fomento del
asociacionismo anualidad 2024.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):
Primero. Beneficiarios.—Asociaciones de base que tengan su domicilio social en el
Distrito de San Blas-Canillejas y estén inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del
Ayuntamiento de Madrid y que cumplan los requisitos establecidos en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid
y sus Organismos Públicos aprobada por acuerdo plenario de 30 de octubre de 2013 (OBRGS)
y la Ordenanza 3/2023, de 28 de noviembre, por la que se modifica la Ordenanza de Bases
Reguladoras para la Concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013.
Segundo. Objeto.—Apoyar a entidades ciudadanas que desarrollen proyectos que
promocionen el asociacionismo y la democracia participativa, así como a sufragar sus gastos de mantenimiento de sedes sociales u otros espacios (gastos de alquiler y/o gastos de
funcionamiento) necesarios para el correcto funcionamiento de la entidad.
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la
Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos de 30
de octubre de 2013 y la Ordenanza 3/2023, de 28 de noviembre, por la que se modifica la
Ordenanza de Bases Reguladoras para la Concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de
Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013, publicada en www.madrid.es
Cuarto. Cuantía.—El importe total destinado a la convocatoria anualidad 2024 asciende a 70.000 euros, que se distribuirán de la siguiente forma:
— Modalidad de “Proyectos”: 10.000 euros.
— Modalidad de “Gastos de funcionamiento de sedes sociales u otros espacios”: 60.000
euros.
La cuantía de la subvención se considerará importe cierto a los efectos de lo previsto
en el artículo 18.1 de la OBRGS, entendiéndose que queda de cuenta de la entidad beneficiaria la diferencia de financiación necesaria para la total ejecución del proyecto o actividad subvencionada, debiendo ser reintegrada, en su caso, la financiación pública por el importe en que la misma exceda del coste total de dicha actividad.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación será de
quince días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Sexto. Otros datos.—Esta convocatoria de subvenciones se desarrolla en régimen de
concurrencia competitiva.
Las solicitudes de subvención se formalizarán conforme al modelo que figura como
solicitud de subvención en la presente convocatoria.
Para la modalidad de Proyectos, junto a la solicitud de subvención, se acompañará
cumplimentado el modelo anexo I.
Para la modalidad de Gastos de Mantenimiento de Sedes Sociales, junto a la solicitud
de subvención, se acompañará cumplimentado el modelo anexo II.
BOCM-20240612-57
Distrito de San Blas-Canillejas
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