Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 20-06-2024
C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20240620-21)
Bases ayudas – Orden de 21 de mayo de 2024, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se aprueban las bases reguladoras que han de regir las convocatorias de concesión de subvenciones destinadas a la ayuda asistencial a los emigrantes madrileños que estén en situación de precariedad
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Bases ayudas – Orden de 21 de mayo de 2024, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se aprueban las bases reguladoras que han de regir las convocatorias de concesión de subvenciones destinadas a la ayuda asistencial a los emigrantes madrileños que estén en situación de precariedadPág. 66
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 20 DE JUNIO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 146
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
ORDEN de 21 de mayo de 2024, de la Consejería de Presidencia, Justicia y
Administración Local, por la que se aprueban las bases reguladoras que han de
regir las convocatorias de concesión de subvenciones destinadas a la ayuda asistencial a los emigrantes madrileños que estén en situación de precariedad.
El artículo 26.1.23 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, atribuye a
esta la competencia exclusiva en la promoción y ayuda a la tercera edad, emigrantes, minusválidos y demás grupos sociales necesitados de especial atención, incluida la creación
de centros de protección, reinserción y rehabilitación.
El Decreto 229/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración
Local, especifica en su artículo 7, apartado 2, las competencias de la Dirección General de
Cooperación con el Estado y la Unión Europea, entre las que se encuentran las referidas en
el apartado 2, puntos o) y p), sobre la ciudadanía madrileña residente en el exterior: “o) La
atención, ayuda y promoción de los madrileños residentes en el exterior, así como de los
madrileños retornados; p) El impulso y seguimiento de la colaboración con la Administración General del Estado y las demás Administraciones Públicas en materia de emigración,
sin perjuicio de las competencias del resto de consejerías”.
El Decreto 129/2007, de 20 de septiembre, por el que se regula la promoción y ayuda
de la Comunidad de Madrid a los madrileños residentes en el extranjero, establece como
principios generales, que la Comunidad de Madrid desarrollará políticas y acciones dirigidas a los madrileños residentes en el extranjero que les permitan ejercer sus derechos constitucionales en condiciones de igualdad con los que residan habitualmente en la Comunidad de Madrid, asimismo, promoverá su participación en la vida social y cultural y creará
los instrumentos precisos para hacer posible la ayuda, asistencia y protección, de acuerdo
con lo prescrito en el Estatuto de Autonomía.
En el marco de esta competencia, la Comunidad de Madrid, consciente de la necesidad de atención y ayuda a los emigrantes madrileños y los retornados, pretende desarrollar
una política eficaz en la que se enmarca la presente orden, cuyo objeto es la aprobación de
las bases que han de regir las convocatorias de concesión de subvenciones a asociaciones,
centros y entidades sin ánimo de lucro, que tendrán como finalidad la atención y el apoyo
a la emigración madrileña.
Las presentes bases reguladoras se aprueban de conformidad con los principios de buena regulación, de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y
eficiencia, y que están recogidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Esta regulación cumple con los principios de necesidad y eficacia, pues se justifica en
la razón de interés general referida a la necesaria atención a la población madrileña emigrante mediante convocatorias de ayudas dirigidas a proyectos de apoyo asistencial en el
exterior, cuando esta población carezca de los recursos necesarios para atender sus necesidades básicas de subsistencia. Asimismo, esta iniciativa normativa se justifica por razones
de interés general, al haberse detectado que una parte de la ciudadanía madrileña que tiene
su residencia en el exterior, carece de los medios suficientes para su vida diaria, y estas subvenciones vienen a paliar esta necesidad.
De eficiencia, ya que el logro de sus fines conlleva un coste proporcional en relación con
los medios utilizados por la Administración y con las necesidades de los emigrantes. Asimismo, en virtud de este principio, se velará para evitar cargas administrativas innecesarias, cursando las solicitudes a través de la sede electrónica de la Comunidad de Madrid.
En virtud del principio de proporcionalidad, estas subvenciones públicas están respaldadas por una orientación finalista, puesto que en cada una de las fases del proceso se persigue la realización del objetivo previsto, esto es, la atención a la ciudadanía madrileña en situación de precariedad. La norma, por tanto, contiene la regulación necesaria para atender la
necesidad a cubrir, incluyendo los aspectos que la normativa en materia de subvenciones exi-
BOCM-20240620-21
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