Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 18-07-2024
C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20240718-28)
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se amplía el crédito previsto inicialmente por la Orden de 20 de octubre de 2023, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se convocan para el año 2023 ayudas del programa de mejora de la accesibilidad en y a las viviendas, previstas en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025
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Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se amplía el crédito previsto inicialmente por la Orden de 20 de octubre de 2023, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se convocan para el año 2023 ayudas del programa de mejora de la accesibilidad en y a las viviendas, previstas en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 170
JUEVES 18 DE JULIO DE 2024
Pág. 85
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Vivienda,Transportes e Infraestructuras
28
EXTRACTO de la Orden de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se amplía el crédito previsto inicialmente por la Orden de 20 de
octubre de 2023, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras,
por la que se convocan para el año 2023 ayudas del programa de mejora de la
accesibilidad en y a las viviendas, previstas en el Real Decreto 42/2022, de 18 de
enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025.
BDNS (identif.): 722886, 722972
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Orden de ampliación de crédito de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Bases
de Datos Nacional de Subvenciones, http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans , y en la
página web www.comunidad.madrid
Artículo primero
Ampliar en 24.762.463,27 euros el crédito de 23.413.043,44 euros inicialmente previsto
en la Orden de 20 de octubre de 2023, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras por la que se convocan para el año 2023 ayudas del programa de mejora de la accesibilidad en y a las viviendas, previstas en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y El Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025, cantidad
inferior a la fijada como cuantía adicional máxima en el artículo 2.3, ascendiendo por tanto el
presupuesto total destinado a financiar esta convocatoria a 48.175.506,71 euros.
Artículo segundo
La presente Orden se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en forma de Extracto. Así mismo, de
conformidad con lo dispuesto en la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de
Participación de la Comunidad de Madrid, esta Orden será objeto de difusión a través del
portal de vivienda en la página web institucional de la Comunidad de Madrid.
Artículo tercero
La presente Orden no implica la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes, por lo que exclusivamente serán tenidas en cuenta las solicitudes presentadas en el
plazo fijado en la convocatoria.
Artículo cuarto
La presente Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en forma de Extracto.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con
carácter potestativo, recurso de reposición ante el titular de la Consejería de Vivienda,
Transportes e Infraestructuras en el plazo de un mes, o directamente recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses, computados ambos plazos desde su entrada en vigor.
Madrid, a 5 de julio de 2024.—El Consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras,
P. D. (Orden de 27 de diciembre de 2023), el Viceconsejero de Vivienda, Transportes e
Infraestructuras, José María García Gómez.
(03/11.443/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20240718-28
Artículo quinto
Otras ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid del día 18-07-2024
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