Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 31-10-2024
Fuenlabrada (BOCM-20241031-48)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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Régimen económico. Extracto convocatoria subvencionesB.O.C.M. Núm. 260
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 31 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 137
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
48
FUENLABRADA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto de acuerdo de Junta de Gobierno Local, de fecha 25 de octubre de 2024 (pto. 17),
por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones por la participación en la Cabalgata 2025.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Primero.—Podrán ser beneficiarias las asociaciones o entidades con personalidad jurídica y legalmente constituidas que desarrollen la actividad objeto de subvención, que se
encuentren inscritas y actualizadas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas de
Fuenlabrada.
No resultarán beneficiarias de las ayudas aquellas asociaciones o entidades que no se
encuentren al corriente de sus obligaciones tributarias con el Estado, con la Seguridad
Social y con el Ayuntamiento de Fuenlabrada, que se encuentren incursas en un procedimiento de reintegro, que tengan pendiente de aprobación la justificación de una subvención del mismo objeto previamente otorgada por este Ayuntamiento y/o que tengan sin presentar la justificación de cualquier otra subvención recibida del Ayuntamiento habiendo
transcurrido el plazo para ello.
Segundo.—Se conceden en régimen de concurrencia competitiva ayudas para la construcción de una carroza para la participación en la Cabalgata de Reyes 2025. El Ayuntamiento de Fuenlabrada dispone de carpas suficientes para proporcionar un espacio para
la construcción de carrozas limitado a 32 entidades. Estos espacios se asignarán por orden
de registro hasta completar los 32 huecos disponibles.
Tercero. Bases reguladoras.—La ordenanza reguladora de subvenciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada se encuentra publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de marzo de 2005, así como en la página web municipal.
Cuarto. Cuantía.—El Ayuntamiento de Fuenlabrada destinará una aportación económica total de 54.000,00 euros, con cargo a la aplicación 4051-338-48900, distribuida en
dos ejercicios presupuestarios: ejercicio 2024, 37.800,00 euros, y ejercicio 2025, 16.200,00
euros. Las ayudas se conceden en función de las necesidades de las entidades con el siguiente detalle:
— Asociaciones que precisan grúa: 1.100 euros.
— Asociaciones que no precisan grúa: 1.500 euros.
En el caso de que al aplicar estos baremos el importe resultante fuese superior al inicialmente aprobado se procederá a ampliar el gasto de la convocatoria, siempre que exista
crédito adecuado y suficiente.
Quinto.—El plazo de presentación de solicitudes se establece durante diez días hábiles desde el siguiente a la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y se realizará en el Registro General del Patronato Municipal de Cultura, en el Registro General de Entradas del Ayuntamiento de Fuenlabrada o en cualquiera
de sus Registros auxiliares, resultando necesario aportar la documentación descrita en el artículo 4 de las bases de la convocatoria.
Sexto.—Se realizará el pago anticipado del 70 por 100 de la subvención. El 30 por 100
restante se abonará previa justificación del importe total concedido.
Séptimo.—Se considerarán gastos subvencionables y justificables todos los relacionados con los materiales necesarios para la construcción de las carrozas (excepto inventariables), incluido el alquiler de los grupos electrógenos, así como los gastos de vestuario de
los figurantes. El importe mínimo a justificar en el concepto construcción e iluminación as-
BOCM-20241031-48
BDNS IDENTIF: 793900
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