Ayudas y subvenciones públicas del Boletín Oficial Comunidad Madrid en el día 05-03-2025
C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250305-19)
Plan estratégico subvenciones – Orden de 20 de febrero de 2025, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para la concesión de una ayuda a la Federación de Cooperativas y de la Economía Social de Madrid (FECOMA) para la realización de actuaciones de fomento del cooperativismo en la Comunidad de Madrid
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Plan estratégico subvenciones – Orden de 20 de febrero de 2025, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para la concesión de una ayuda a la Federación de Cooperativas y de la Economía Social de Madrid (FECOMA) para la realización de actuaciones de fomento del cooperativismo en la Comunidad de MadridB.O.C.M. Núm. 54
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE MARZO DE 2025
Pág. 81
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
19
ORDEN de 20 de febrero de 2025, de la Consejería de Economía, Hacienda y
Empleo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para la concesión de una ayuda a la Federación de Cooperativas y de la Economía Social
de Madrid (FECOMA) para la realización de actuaciones de fomento del cooperativismo en la Comunidad de Madrid.
La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 8.1 que los órganos de las Administraciones Públicas que propongan el establecimiento
de subvenciones deberán, con carácter previo, concretar en un Plan Estratégico de Subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su
consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose, en todo
caso, al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.
Por su parte, la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de
Madrid, en su artículo 4.bis, recoge esta misma obligación en idénticos términos.
La Ley 2/2023, de 24 de febrero, de Cooperativas de la Comunidad de Madrid, ha establecido la existencia de un fondo de educación y promoción del cooperativismo, cuya finalidad es la formación de los socios y trabajadores de la cooperativa en los principios y valores cooperativos; la promoción y difusión del cooperativismo y de las relaciones
intercooperativas y la promoción cultural, profesional, medioambiental y asistencial de sus
socios, de sus trabajadores, del entorno local y de la comunidad en general.
La Comunidad de Madrid ha venido recibiendo durante los últimos años, cuantías provenientes de la disolución de cooperativas, correspondientes al fondo de educación y promoción, con el único fin de destinar dichos recursos a la realización de actuaciones que persigan los mismos fines.
Con anterioridad, la Ley 4/1999, de 30 de marzo, de Cooperativas de la Comunidad de
Madrid, contemplaba igualmente la existencia de dicho fondo.
A tal fin, mediante Orden de 12 de febrero de 2021, del Consejero de Economía, Empleo
y Competitividad, se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones para la concesión a la Federación de Cooperativas y de la Economía Social de Madrid (FECOMA) de una ayuda para
la realización de actuaciones de fomento del cooperativismo en la Comunidad de Madrid.
Con fecha 3 de noviembre de 2021, FECOMA y la Comunidad de Madrid, firmaron
un convenio subvención para la realización de actuaciones de fomento del cooperativismo
en la Comunidad de Madrid y el desarrollo de actuaciones de promoción de la economía
social por un período de cuatro años.
La presente Orden, recoge un nuevo Plan Estratégico de Subvenciones para los siguientes dos años, con el objetivo de posibilitar un nuevo convenio subvención y dar con
ello cumplimiento a lo establecido en la Ley de subvenciones.
RESUELVO
Aprobar el Plan Estratégico de Subvenciones para la concesión de una ayuda a la Federación de Cooperativas y de la Economía Social de Madrid (FECOMA) en la realización
de actuaciones de fomento del cooperativismo en la Comunidad de Madrid, cuyo contenido se recoge en el anexo a la presente Orden.
Madrid, a 20 de febrero de 2025.—La Consejera de Economía, Hacienda y Empleo,
P. D. (Orden de 17 de abril de 2024), el Viceconsejero de Economía y Empleo, Daniel
Rodríguez Asensio.
BOCM-20250305-19
Único
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